INFORMACIÓN ACTUALIZADA Y/O REVISADA POR ULTIMA VEZ A 20 DE OCTUBRE DE 2025.
Consejo de Salud del Principado de Asturias
El Consejo de Salud del Principado de Asturias es el órgano de participación comunitaria en salud y en la administración sanitaria de la Comunidad Autónoma. Está regulado por los artículos 34 y 35 de la Ley 7/2019, de Salud. Son funciones del Consejo de Salud del Principado de Asturias:
a) Asesorar y formular propuestas a la Administración del Principado de Asturias y al SESPA en todos los asuntos relacionados con la protección de la salud y la atención sanitaria.
b) Velar por que las actuaciones de todos los servicios, centros y establecimientos sanitarios que satisfagan necesidades del sistema sanitario público se acomoden a la normativa sanitaria y se desarrollen de acuerdo con las necesidades sociales y las posibilidades económicas del sector público.
c) Conocer e informar, con carácter facultativo, el anteproyecto del Contrato Programa previsto entre la Consejería competente en materia de sanidad y el SESPA.
d) Conocer e informar, con carácter preceptivo, el anteproyecto del Plan de Salud del Principado de Asturias y del Plan Sociosanitario del Principado de Asturias.
e) Conocer e informar, con carácter facultativo, el anteproyecto de Mapa Sanitario.
f) Conocer e informar, con carácter facultativo, la memoria anual del SESPA previamente a su aprobación.
g) Fomentar el papel de los ciudadanos en la toma de decisiones en salud y la participación y colaboración ciudadana con la administración sanitaria.
h) Conocer y ser informado acerca de la designación de los órganos intermedios en salud.
i) Conocer e informar con carácter preceptivo el anteproyecto anual del Presupuesto.
j) Conocer e informar con carácter preceptivo los proyectos de disposiciones normativas relativas al sistema de salud.
k) Realizar cualquier otra función que le sea atribuida legal o reglamentariamente.
ORDENES DEL DÍA SÍNTESIS DE LAS INTERVENCIONES DEL CODEPA
Reunión del 12 de julio de 2018El CODEPA pregunta si cuando el anteproyecto de la Ley de Salud se contempla la libre elección de profesionales, incluye a enfermería. Se pregunta si el documento de instrucciones previas tiene validez fuera de la comunidad autónoma. Se plantea la regulación de las competencias profesionales.
Reunión del 26 de noviembre de 2018.
El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.
Reunión del 12 de febrero de 2019.
El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.
Reunión del 4 de diciembre de 2019
El CODEPA pregunta si se ha tenido en cuenta en el presupuesto la indicación de medicamentos por parte de las enfermeras y se plantea que puedan tomar decisiones que influyen en el gasto.
El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.
El CODEPA plantea tres cuestiones: una sobre los espacios de participación, sobre la importancia del conocimiento del nivel de transmisión y lo decisiva que puede ser la Atención Primaria en ese tema, si va a haber refuerzos y si se va a monitorizar el desgaste de las plantillas.
El CODEPA pregunta sobre el Radar COVID y si hay algún modelo de previsión en esta ola del COVID, así como la importancia de la figura de los rastreadores y de actuar sobre la población y profesionales en el uso de EPIS.
El CODEPA reclama que se envía la documentación presupuestaria con anterioridad al Consejo.
El CODEPA vota por Ignacio García Palacios (alcalde de Navia) como representante del Consejo de Salud en el Observatorio de muerte digna.
El CODEPA expone que no se han tenido en cuenta las alegaciones presentadas al proyecto de Decreto. No están claros los perfiles profesionales que compondrán la comisión. Se solicita que las enfermeras sean nombradas por el Colegio. En la comisión técnica se habla de profesionales médicos y juristas, no quedando claro si incluye a enfermería. Se indica que el registro sólo vincula al personal del SESPA pero muchas solicitudes serán también del ámbito sociosanitario y si se pueden incluir al registro. Se pregunta quien va a tener acceso al registro de profesionales objetores y que confidencialidad va a tener. La norma no garantiza la seguridad jurídica.
El CODEPA solicita que se le envíe la situación presupuestaria de años anteriores. Se expone que se debería invitar al Consejo de Salud al ámbito sociosanitario.
EL CODEPA expone que el decreto de creación de categorías es muy esperado, aunque se esperaba que fuese más ambicioso y que se presentarán alegaciones. Se apunta la existencia de enfermeros/as especialistas en otros ámbitos que quedan fuera de este ámbito. En cuanto a la estrategia de la atención primaria se expresan las altas expectativas que todos tenemos pero el gran “gap” entre las expectativas y la realidad. Se indica también el gran problema de falta de profesionales y se expresa la necesidad de un plan estratégico de retención de profesionales. Se pregunta si se va a publicar el informe sobre la aplicación de la Ley de Eutanasia.
El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.
El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.
1 de diciembre de 2023
El CODEPA solicita una serie de aclaraciones respecto a si es a mayores la creación de plazas de enfermero/as especialistas, el plan INVEAT, el plan de Salud Mental y, en general, respecto al incremento de plantilla de enfermería.
5 de febrero de 2024
8 de agosto de 2024
25 de noviembre de 2024
29 de noviembre de 2024