INFORMACIÓN ACTUALIZADA Y/O REVISADA POR ULTIMA VEZ A 19 DE NOVIEMBRE DE 2024.


Consejo de Salud del Principado de Asturias


El Consejo de Salud del Principado de Asturias es el órgano de participación comunitaria en salud y en la administración sanitaria de la Comunidad Autónoma. Está regulado por los artículos 34 y 35 de la Ley 7/2019, de Salud. Son funciones del Consejo de Salud del Principado de Asturias:

a) Asesorar y formular propuestas a la Administración del Principado de Asturias y al SESPA en todos los asuntos relacionados con la protección de la salud y la atención sanitaria.
b) Velar por que las actuaciones de todos los servicios, centros y establecimientos sanitarios que satisfagan necesidades del sistema sanitario público se acomoden a la normativa sanitaria y se desarrollen de acuerdo con las necesidades sociales y las posibilidades económicas del sector público.
c) Conocer e informar, con carácter facultativo, el anteproyecto del Contrato Programa previsto entre la Consejería competente en materia de sanidad y el SESPA.
d) Conocer e informar, con carácter preceptivo, el anteproyecto del Plan de Salud del Principado de Asturias y del Plan Sociosanitario del Principado de Asturias.
e) Conocer e informar, con carácter facultativo, el anteproyecto de Mapa Sanitario.
f) Conocer e informar, con carácter facultativo, la memoria anual del SESPA previamente a su aprobación.
g) Fomentar el papel de los ciudadanos en la toma de decisiones en salud y la participación y colaboración ciudadana con la administración sanitaria.
h) Conocer y ser informado acerca de la designación de los órganos intermedios en salud.
i) Conocer e informar con carácter preceptivo el anteproyecto anual del Presupuesto.
j) Conocer e informar con carácter preceptivo los proyectos de disposiciones normativas relativas al sistema de salud.
k) Realizar cualquier otra función que le sea atribuida legal o reglamentariamente. 


ORDENES DEL DÍA SÍNTESIS DE LAS INTERVENCIONES DEL CODEPA



Reunión del 12 de julio de 2018

 El CODEPA pregunta si cuando el anteproyecto de la Ley de Salud se contempla la libre elección de profesionales, incluye a enfermería. Se pregunta si el documento de instrucciones previas tiene validez fuera de la comunidad autónoma. Se plantea la regulación de las competencias profesionales.

Reunión del 26 de noviembre de 2018

El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.

Reunión del 12 de febrero de 2019

El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.

Reunión del 4 de diciembre de 2019

El CODEPA pregunta si se ha tenido en cuenta en el presupuesto la indicación de medicamentos por parte de las enfermeras y se plantea que puedan tomar decisiones que influyen en el gasto.

Reunión del 28 de febrero de 2020

El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.

Reunión del 4 de mayo de 2020

EL CODEPA plantea tres cuestiones: una sobre los espacios de participación, sobre la importancia del conocimiento del nivel de transmisión y lo decisiva que puede ser la Atención Primaria en ese tema, si va a haber refuerzos y si se va a monitorizar el desgaste de las plantillas.

Reunión del 9 de noviembre de 2020

El CODEPA pregunta sobre el Radar COVID y si hay algún modelo de previsión en esta ola del COVID, así como la importancia de la figura de los rastreadores y de actuar sobre la población y profesionales en el uso de EPIS.
 

 

Reunión del 1 de diciembre de 2020

El CODEPA reclama que se envía la documentación presupuestaria con anterioridad al Consejo.

Reunión del 5 de marzo de 2021 

El CODEPA vota por Ignacio García Palacios (alcalde de Navia) como representante del Consejo de Salud en el Observatorio de muerte digna..

Reunión del 12 de julio de 2021

El CODEPA expone que no se han tenido en cuenta las alegaciones presentadas al proyecto de Decreto. No están claros los perfiles profesionales que compondrán la comisión. Se solicita que las enfermeras sean nombradas por el Colegio. En la comisión técnica se habla de profesionales médicos y juristas, no quedando claro si incluye a enfermería. Se indica que el registro sólo vincula al personal del SESPA pero muchas solicitudes serán también del ámbito sociosanitario y si se pueden incluir al registro. Se pregunta quien va a tener acceso al registro de profesionales objetores y que confidencialidad va a tener. La norma no garantiza la seguridad jurídica.

Reunión del 1 de diciembre de 2021

El CODEPA solicita que se le envíe la situación presupuestaria de años anteriores. Se expone que se debería invitar al Consejo de Salud al ámbito sociosanitario.




Reunión del 11 de julio de 2022

EL CODEPA expone que el decreto de creación de categorías es muy esperado, aunque se esperaba que fuese más ambicioso y que se presentarán alegaciones. Se apunta la existencia de enfermeros/as especialistas en otros ámbitos que quedan fuera de este ámbito. En cuanto a la estrategia de la atención primaria se expresan las altas expectativas que todos tenemos pero el gran “gap” entre las expectativas y la realidad. Se indica también el gran problema de falta de profesionales y se expresa la necesidad de un plan estratégico de retención de profesionales. Se pregunta si se va a publicar el informe sobre la aplicación de la Ley de Eutanasia. 

Reunión del 30 de noviembre de 2022

El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.

Reunión del 2 de mayo de 2023

El acta no refleja intervenciones por parte del CODEPA.

1 de diciembre de 2023El CODEPA solicita una serie de aclaraciones respecto a si es a mayores la creación de plazas de enfermero/as especialistas, el plan INVEAT, el plan de Salud Mental y, en general, respecto al incremento de plantilla de enfermería.

5 de febrero de 2024



                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     








Comité del cáncer del Principado de Asturias

De acuerdo con el Decreto 73/2014, de 23 de julio, de organización y funcionamiento del Comité de Cáncer del Principado de Asturias, corresponderán al Comité las siguientes funciones:

a) Elaborar estudios e informes relativos a la situación sanitaria asturiana en los aspectos relacionados con el cáncer.
b) Promover la investigación sobre el cáncer.
c) Dictar instrucciones y recomendaciones en relación con el cáncer.
d) Evaluar el estado y funciones de los Registros de tumores del Principado de Asturias.
e) Elaborar un censo de las actividades relacionadas con el cáncer desarrolladas en el ámbito del Principado de Asturias tanto por los sectores sanitarios como por los no sanitarios.
f) Evaluar las necesidades de prevención primaria, secundaria, diagnóstico, tratamiento, seguimiento, rehabilitación y educación sanitaria en cáncer.
g) Colaborar con la Universidad y los Centros Sanitarios en la docencia de las áreas relacionadas con la oncología.
h) Asesorar y prestar apoyo técnico a los responsables sanitarios regionales y a todo el personal sanitario que ejerza sus funciones en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
i) Evaluar e informar los protocolos y programas que se desarrollen en relación con los distintos tipos de cáncer.
j) Evaluar e informar el programa de atención al cáncer en Asturias así como cualquier otro programa sectorial de prevención primaria, secundaria, diagnóstico, tratamiento, seguimiento, rehabilitación y educación sanitaria en cáncer.
k) Cualesquiera otras tendentes a la planificación, coordinación y mejora de toda la actividad sanitaria relacionada con cáncer en los aspectos de su prevención primaria y secundaria, diagnóstico, tratamiento, seguimiento, rehabilitación y educación sanitaria en el ámbito del Principado de Asturias. 

Consejo Asesor en Materia de drogas y adicciones del Principado de Asturias

De acuerdo al Decreto 79/2006 corresponden al Consejo Asesor, las siguientes funciones:

a) Emitir informe en relación con:
— El anteproyecto del Plan Regional sobre drogas, sus revisiones y adaptaciones.
— Los proyectos de disposiciones de carácter general en materia de drogodependencias.
— Las necesidades detectadas, proponiendo prioridades de actuación.
— La memoria anual del Comisionado Regional para la droga.

b) Asesorar a los distintos órganos del Gobierno del Principado de Asturias en materia de drogodependencias.
c) Realizar una evaluación constante de la situación existente en la Comunidad Autónoma en materia de drogodependencias, para lo cual tendrá conocimiento del estado de ejecución del Plan Regional sobre drogas.
d) Analizar las recomendaciones formuladas por organismos o grupos de expertos en este campo.
e) Proponer la organización de actos de carácter social que favorezcan una mayor información y concienciación de la sociedad asturiana.
f) Elaborar su propio reglamento interno de funcionamiento, que será aprobado por mayoría simple.
g) Ejercer las demás funciones que le puedan atribuir normas de rango legal o reglamentario relacionados con la materia.

La representante en el Consejo Asesor a propuesta del CODEPA y por acuerdo de la Junta de Gobierno es la colegiada es Lucía Martínez Pérez, enfermera especialista en salud mental.

Comisión de acreditación de los comités de ética para la atención sanitaria

Según el artículo 4.3 del Decreto 109/2005, los miembros de la comisión de acreditación serán designados entre representantes de los colegios profesionales, profesionales de la medicina con probada experiencia clínica y expertos acreditados en bioética.

La representante en la Comisión a propuesta del CODEPA y por acuerdo de la Junta de Gobierno es la presidenta de la Comisión Deontológica, Esperanza María Alonso Jiménez.

Consejo de participación para el seguimiento y control de las listas de espera en el SESPA

Según el artículo 13. 2 del Decreto 59/2018, de 26 de septiembre, sobre garantía de tiempo máximo de acceso a las prestaciones sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias, información sobre listas de espera y Registro de Demanda Asistencial del Principado de Asturias, el Consejo de Participación tiene las siguientes funciones:

Conocer y evaluar los protocolos existentes para inclusiones y salidas de pacientes en las secciones del Registro.

Proponer criterios para la mejora de los citados protocolos así como para garantizar la seguridad, calidad y equidad en su gestión.

Conocer y revisar la información detallada que se les facilite por la Administración Sanitaria sobre criterios de medición y cómputo de las distintas listas de espera, así como proponer mejoras que garanticen la calidad de la información que proporcionan.

Proponer mejoras en los sistemas de información de las listas de espera.

Proponer medidas organizativas o de cualquier otro tipo que redunden en una mejor gestión de las listas de espera.

El representante del CODEPA es Antonio Vázquez Barrero.