8 feb
En ausencia de un procedimiento regulador detallado sobre el proceso de modificación de Estatutos tanto en los vigentes Estatutos del Colegio, como en los estatutos del Consejo General; la ausencia de una ley autonómica de Colegios Profesionales; y de acuerdo con el artículo 50 de los Estatutos, la normativa de referencia será la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En aras de promover de la manera más efectiva posible la participación e información de las colegiadas y colegiados en el proceso, la aprobación de los Estatutos del CODEPA se realizará conforme a las siguientes pautas y cronograma:
(*) En el caso de no aprobación por parte del Consejo General de Enfermería y/o no visto bueno del cumplimiento de la legalidad por parte de la Consejería de Hacienda, el trámite volvería a la revisión del texto.
En Oviedo, a 3 de febrero de 2022.
Comisión de Estatutos del CODEPA.