23 ago

Convocatoria para la concesión de minibecas para el desarrollo, difusión y apoyo de proyectos de investigación en cuidados 2025.




Convocatoria para la concesión de minibecas para el desarrollo, difusión y apoyo de proyectos de investigación en cuidados 2025. 

 

Desde el Colegio de Enfermería de Asturias consideramos importante poner a disposición de los colegiados todas las herramientas y ayudas posibles para facilitar la actividad investigadora, su posterior divulgación e implantación de la evidencia científica en la práctica clínica.  

Con este fin CODEPA organiza la Convocatoria para la concesión de ayudas económicas, (“minibecas") con una dotación establecida en los presupuestos aprobados por la Junta General en el año en curso.  La concesión de dichas minibecas se realizará hasta agotamiento de la cuantía establecida, por lo que se tendrá en cuenta la fecha de presentación de las solicitudes. 

Este año 2025 se une a este programa el Consejo General de Colegios de Enfermería de España que colabora desde el “programa de ayudas para la promoción de la investigación” cofinanciando parte de los programas de investigación de nuestra entidad. 


BASES 

  1. Objeto y destinatarios. 

Estas minibecas están destinadas a financiar gastos necesarios para llevar a cabo, publicar o difundir proyectos de investigación y divulgación científica. Se incluyen gastos relacionados con el análisis estadístico, la traducción, gastos de publicación, o la obtención de recursos necesarios, servicios y/o materiales para llevar a cabo el trabajo científico o su posterior difusión. 

Quedan excluidas las ayudas para la asistencia a eventos científicos que tienen su propia convocatoria que exige la presentación de trabajos científicos. 

Dirigido a enfermeras y enfermeros colegiados en el Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias. 

  1. Requisitos. 

  1. Estar colegiado/a, al corriente en sus cuotas y en situación de alta. En el caso de traslado de otro Colegio se exigirá un año de antigüedad en nuestro Colegio. 

  1. Que no esté incurso en causa de inhabilitación ni sancionado. 

  1. Si fuera necesario, aprobación del Comité de Ética de la Investigación del Principado de Asturias o en su defecto el que corresponda, para el estudio para el que se solicita la ayuda. 

  1. Que el/la solicitante de la figure como investigador principal en el proyecto y firme en primera o última posición la autoría en el trabajo científico. 

  1. Será obligatorio que al menos el 50% de los autores sean enfermeras colegiadas. 

  1. Cuando los recursos sean empleados como incentivo a la participación en el estudio estos deben estar incluidos en el proyecto aprobado por el comité de bioética. 

  1. Ayudas para publicación de artículo en revista científica: la publicación debe ser en una revista indexada y que se incluya en los cuartiles Q1 ó Q2. 


  1. Gastos subvencionables. 

  1. Ayudas para traducción: las ayudas se otorgan exclusivamente para la traducción de artículos científicos a otras lenguas distintas al castellano. Se justifican como apoyo para que el personal investigador obtenga un mayor impacto en la difusión de sus publicaciones científicas dentro de la comunidad académica internacional. Se establece un precio máximo por palabra de 12€  


  1. Ayudas para la adquisición de recursos para la investigación o divulgación: tanto recursos materiales (por ejemplo: alquiler de grabadoras, cámaras de vídeo, etc.) como servicios (por ejemplo: alquiler de espacios, servicios profesionales, ...). También se pueden incluir incentivos si están aprobados por el Comité de Ética de la Investigación del Principado de Asturias o el comité correspondiente. 


  1. Ayudas de contratación de profesionales estadísticos o documentalistas. En los casos en los que se precise la colaboración de estadísticos, documentalistas, u otros profesionales de apoyo, se valorará la ayuda para su contratación. 


  1. Tarifas para la publicación en revistas de alto impacto. Cuando los autores acrediten tener el artículo admitido para una publicación de alto impacto (Cuartiles Q1 y Q2) la ayuda se podrá emplear en el pago de la tarifa de publicación. 


  1. Cuando se precisen materiales, software o equipamientos físicos, el CODEPA valorará la adquisición directa de los mismos, quedando como patrimonio del Colegio para facilitar su uso por otros investigadores en el futuro. De la misma manera, cuando se soliciten ayudas para equipamientos de los que ya disponga el CODEPA se valorará el préstamo antes de la nueva compra. 

  1. En el caso de publicaciones de libros científicos o de divulgación, las becas se utilizarán como financiación, cediéndose los derechos de explotación al CODEPA hasta compensar la inversión inicial. 


  1. Garantía de originalidad y responsabilidad. 

Las personas participantes garantizan que los proyectos y contenidos aportados voluntariamente son originales y no infringen derechos de terceras personas. En otro caso, serán responsables por las infracciones causadas o que puedan causar por los daños y perjuicios en que incurra por el incumplimiento de la obligación antes descrita. El COLEGIO no responde de la veracidad de los trabajos, siendo responsable él colegiado que solicite la beca. 

 

  1. Envío de documentación y plazos. 

  1. ¿Dónde? 

  1. Los candidatos o candidatas podrán presentar la solicitud físicamente en una de las sedes del Colegio Oficial de Enfermería de Asturias, o bien enviando toda la documentación a la dirección electrónica cuidalab@codepa.es .

    Todas las propuestas enviadas con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en las presentes bases serán rechazadas. 

  1. La solicitud y documentaciones anexas mediante presentación presencial se llevarán a efecto en la sede central del Colegio en Oviedo (C/ Juan Antonio Álvarez Rabanal 7, bajo C.P. 33011) o la delegación de Gijón (Impulsa Centro Municipal de Empresas Local N.º 6. Los Prados, 166. CP 33206) de lunes a viernes en horario de oficina actual.  

 

  1. ¿Cuándo? El plazo de presentación de solicitudes se abrirá desde el día de su publicación y se cerrará el día 25 de noviembre del año en curso.


  1. Documentación adjunta. 

En todas las solicitudes que se presenten: 

  1. - Impreso de solicitud y MINIBECAS SOLICITUD Y ANEXOS.pdf 

    - Fotocopia del DNI/NIE o pasaporte.

  1. - Autorización: tratamiento de datos y autorización para efectuar notificaciones por correo electrónico. MINIBECAS SOLICITUD Y ANEXOS.pdf. Autorización de publicación de datos en el portal de transparencia de CODEPA MINIBECAS SOLICITUD Y ANEXOS.pdf 

  1. - Proyecto/protocolo de investigación. 

  1. - Si fuera necesario, aprobación del Comité de Ética de la Investigación del Principado de Asturias (o el que administrativamente corresponda), para el estudio para el que se solicita la ayuda. Si no fuese necesario, precisará su justificación que será valorada por la Junta de Gobierno del CODEPA. 

  1. - Presupuesto detallado del coste económico que le supondrá al colegiado o al equipo investigador o factura. El coste de la factura será abonado por la tesorería del CODEPA. 

  1. - Copia de la carta o mail del editor de la publicación aceptando el artículo o asignándole un DOI para el preprint. (Si aplica) 

  1. - Presupuesto, tarifa o factura de los costes de la publicación del artículo o recursos necesarios para la investigación. (Si aplica) 

  1. - Adjuntar una breve justificación escrita de por qué son necesarios para la investigación realizada (incluido en el formulario de inscripción). 

  1. - Declaración responsable (Anexo III) MINIBECAS SOLICITUD Y ANEXOS.pdf de no haber recibido ayuda de ningún tipo por los conceptos indicados en los que se solicita la minibeca.


  1. Periodo de subsanación: 

  1. Una vez el equipo de administración haya detectado errores o falta de documentación necesaria, se comunicará a los colegiados por vía telemática y telefónica. Una vez comunicado existirá un periodo de subsanación de 5 días naturales para que el/la colegiado/a subsane la solicitud. 

  1. En ningún caso se aceptará ninguna subsanación pasados 7 días naturales de la fecha límite de presentación. 

  1. No se admitirá documentación adicional fuera del plazo de admisión de los trabajos. Solo se podrá remitir documentación si lo requiere el CODEPA como entidad convocante. 

  1. Una vez recibidas las solicitudes se procederá a la fase de codificación, valoración y aprobación por parte de la Junta de Gobierno. La Junta de Gobierno podrá convocar al solicitante para requerirle información adicional sobre el proyecto. 

  1. La resolución de la Junta de Gobierno se comunicará en el plazo máximo de tres meses de la fecha de recepción de la solicitud. 

 

  1. Criterios de concesión. 

  1. La concesión de las ayudas estará sujeta a la aprobación de la Junta de Gobierno. 

  1. El abono de la ayuda se efectuará antes de diciembre del año en el que se ha presentado la solicitud y nunca superará la cuantía justificada. Las becas se ejecutarán en función de las necesidades de los investigadores y las solicitudes hasta el agotamiento de la dotación presupuestada. 

  1. No se concederán ayudas a miembros de la Junta de Gobierno del CODEPA. 

  1. Estas ayudas están limitadas a una cuantía máxima de 2500 € /año por investigador principal, de manera que un mismo colegiado no puede sobrepasar esa cantidad. 

  1. Estas ayudas están limitadas a una cuantía máxima por proyecto de investigación o línea de investigación de 2500€, de manera que un proyecto o línea no podrá superar esa cantidad. Independientemente del número de colegiados que integren el equipo investigador. 

  1. Las ayudas son compatibles con otras ayudas recibidas siempre que no sean por el mismo concepto. 

  1. La presentación de la solicitud implica la aceptación de estas normas, por lo que el colegiado está de acuerdo con las bases y renunciará asimismo a toda clase de acción judicial o extrajudicial contra el fallo de la Junta de Gobierno, que será irrefutable e inapelable. 

  1. La Junta de Gobierno del CODEPA quedará facultado para resolver cualquier contingencia no prevista en estas bases.   

  1. El incumplimiento de las Bases, así como la ocultación de datos, su alteración o manipulación, podrá ser causa de desestimación y, en su caso, de reintegro de las cantidades percibidas en concepto de premio.   

  1. El colegiado a través de la firma del Anexo I, consiente expresamente el tratamiento de sus datos según la información básica incluida en dicho anexo, además de poder solicitar a la dirección electrónica codepa@codepa.es o al delegado de protección de datos dpdcodepa@jmconsultores.es 

 

  1. Cuantías de las minibecas, asignación y cobro. 


Cuantías económicas máximas aplicables: 

 

  1. La cuantía concedida se dará en base al presupuesto solicitado por el colegiado, la valoración de la Junta de Gobierno y la justificación de los gastos. 

  1. En ningún caso la beca superará los gastos justificados. 

  1. En ningún caso la beca superará los 2500€ de cuantía. 

  1. La dotación de las minibecas vendrá dada por el presupuesto anual asignado por la Junta General del CODEPA y en ningún caso se superará. 

  1. Si por causas de fuerza mayor u otras causas justificadas fuera necesario aplazar, modificar, anular o repetir la elección de becados, este hecho se les notificará   por los mismos medios y con el mismo grado de publicidad que se ha dado previamente, renunciando los participantes a reclamación alguna. 

 

  1. Compromiso de los participantes. 

 


Los beneficiarios de las minibecas se comprometen con el Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias a: 

 

  1. Siempre que la publicación sea posterior a la fecha de concesión de la ayuda, en la publicación se hará referencia a la cofinanciación del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias y el Consejo General de Colegios de Enfermería de España. 

  1. Remitir una memoria justificativa de realización del proyecto que debe incluir al menos justificación de los gastos realizados, y los resultados obtenidos en el plazo de 2 meses y la correspondiente publicación si la hubiera. 

  1. Quedar a disposición del CODEPA para la difusión de los resultados de su estudio en los diferentes eventos que se pudieran organizar por parte del colegio. 

  1. En el caso de publicación de libros mencionar al CODEPA como patrocinador de los mismos en lugar visible, incluyendo los logos oficiales.

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