17 jul
El CODEPA ha realizado varias alegaciones al texto propuesto por la Consejería de Salud y además ha presentado diferentes alegaciones para mejorar la norma.
Este Colegio considera que las especialidades que comprende la categoría de enfermero/a especialista deben figurar explícitamente en el texto del decreto tal y como ocurre en la normativa de otras comunidades autónomas.
El CODEPA considera que el retraso en la creación de la categoría de enfermera especialista sólo puede ser achacable a desidia por parte de la Administración. Por tanto, es lícito considerar el tiempo trabajado por estos profesionales en el desarrollo de las actividades propias de una especialidad, desde la obtención del título de enfermero/a especialista, así como la formación continuada relativa a la especialidad que ostente el profesional.
En las alegaciones, este Colegio plantea a la Administración la regulación del trasvase del personal que actualmente está ejerciendo las funciones de una enfermera especialista en una plaza de enfermera generalista hacia una plaza de enfermera especialista. Se exponen varios modelos de varias comunidades autónomas.
El CODEPA plantea que en la norma figure que la modificación de la plantilla orgánica y la creación de bolsas de empleo se lleve a cabo en un plazo máximo de 3 meses desde la aprobación del decreto. Desde el CODEPA, también se plantea que desde la aprobación se excluyan en los procesos de movilidad voluntaria de enfermera generalista las plazas susceptibles de convertirse en plazas de especialista.
Este Colegio profesional entiende que este decreto debe ser una oportunidad para potenciar las especialidades de enfermería no sólo en el Servicio de Salud, sino que además debe servir como revulsivo para potenciar unos cuidados de calidad en los centros vinculados al SESPA mediante concierto o convenio.
Tal como ya se ha planteado a las diversas administraciones en varias ocasiones desde este Colegio, el CODEPA vuelve a solicitar el encuadramiento de las profesionales en el grado A1.
A pesar que en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización, se establece como categoría de referencia “enfermero/a”, el CODEPA plantea que la denominación de la categoría sea enfermera/o ya que más del 84% de la profesión está ejercida por mujeres.
Finalmente, el CODEPA plantea que se extienda la modificación de la denominación a todas las categorías profesionales del SESPA que han ha quedado obsoletas.
Puedes consultar el texto completo de las alegaciones en https://codepa.es/aportaciones
o en https://codepa.es/sites/default/files/files/bO2EPCSkZIteeoyrhQFMtFMenvfQOVaXIylCLBPFCGQr8JEsaf.pdf