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Se jubila nuestra administrativa Margarita Álvarez tras 46 años de dedicación a la enfermería asturiana.

El pasado viernes 1 de diciembre vivimos una tarde de celebración y homenaje en el CODEPA. No siempre una empleada del Colegio y compañera se jubila; por ello son ocasiones que se convierten en momentos emocionantes y cargados de un significado especial.

Después de más de 46 años de trabajo y dedicación al Colegio y a la enfermería asturiana, nuestra administrativa Margarita Álvarez recibió una caluroso homenaje donde estuvieron presentes miembros de la Junta de Gobierno, miembros de la anterior Junta de edad, sus compañeros y, por supuesto, sus familiares.

No fue una despedida cualquiera, sino de esas que se viven con cariño, aprecio, y el respeto a una persona que ha dedicado la mayor parte de su vida al CODEPA y a la enfermería asturiana con su profesionalidad y compromiso.

El presidente, Esteban Gómez, en nombre del Colegio y de las colegiadas y colegiados, entregó a Margarita una placa de reconocimiento, agradeciéndole su labor, destacando su profesionalidad y entrega durante más de cuatro décadas, porque después de más de 46 años de servicio al CODEPA, la vida continúa pero el vínculo permanece, de una manera distinta, pero tan intensa como hasta ahora, en ésta, su segunda casa.

Fueron unos momentos en los que se compartieron vivencias, emociones y recuerdos que quedarán para siempre en nuestra memoria, tras una larguísima trayectoria profesional que comenzó para Margarita en la sede de Plaza de Foncalada 2, posteriormente en la de Víctor Sáenz 5, y actualmente, en Juan Antonio Álvarez Rabanal 7.

¡Disfruta Margarita de tu jubilación!, ¡te la has ganado con creces!


2/12/2023

El CODEPA ASISTE AL CONSEJO DE SALUD

El CODEPA asistió al órgano de participación comunitaria de nuestra comunidad, el Consejo de Salud, donde se proporcionó una escueta información sobre el anteproyecto de presupuestos generales del SESPA para 2023.

Desde el Colegio nos interesamos por los procesos relacionados con la enfermería como las plazas destinadas a especialidades o los nuevos equipamientos de radiología.

También por la inversión en salud mental infantojuvenil que necesita ser reforzada urgentemente en el ámbito de la hospitalización.

1/12/2023

XVIII Convocatoria de Becas Fundación A.M.A. 2023-2024

Ayudas de formación de Postgrado. Inscripción hasta el día 16 de febrero de 2024

La presente promoción tiene como finalidad el conceder becas por parte de FUNDACIÓN A.M.A. para ayudar a los nuevos Profesionales Sanitarios en la preparación de los exámenes a MIR, FIR, EIR, PIR, BIR, QIR Y RFIR durante los años 2022/23/24 que realicen el examen en 2024 o 2025.

Formulario de participación para EIR (Enfermero Interno Residente)

29/11/2023

Novedades Semanales SalusOne (Curso CFC, ebook descargable y prescribe)

Nuevo CURSO CFC: MANEJO DE LAS DIFICULTADES EN LACTANCIA MATERNA

Este curso incluye los siguientes temas, incluyendo vídeos en calidad HD:

Tema 1. Retraso de la subida de la leche y separación de la diada

Tema 2. Ingurgitación mamaria

Tema 3. Dolor, trauma del pezón, grietas y otras alteraciones del pezón

Tema 4. Mastitis y obstrucción conductos

Tema 5. Disfunción del reflejo de eyección y producción de leche insuficiente o excesiva

Tema 6. Rechazo del pecho, baches de lactancia y cólico del lactante

Tema 7. Frenillo lingual y anquiloglosia


Nuevo EBOOK descargable: INTOXICACIÓN POR FENTANILO Y OTROS OPIOIDES

En las últimas semanas ha crecido la preocupación sobre las intoxicaciones por fentanilo y sus consecuencias. En este nuevo ebook encontrarás información sobre cómo actuar ante la intoxicación por fentanilo y otros opiáceos.

Enlace para la descarga: https://www.salusone.app/c/aprende/ebooks-gratuitos/intoxicacion-por-fentanilo-y-otros-opiaceos


Nuevo PRESCRIBE: RECOMENDACIONES PARA LAS PERSONAS CON LUMBALGIA

En este nuevo prescribe resumimos las recomendaciones más importantes para las personas que sufren de lumbalgia.

Puedes descargarlo en el siguiente enlace: https://www.salusone.app/c/cuida/prescribes-gratuitos/recomendaciones-para-personas-con-lumbalgia


27/11/2023

La Fundación Ángel Muriel convoca el VI Premio de Investigación 'Enfermería en Cuidados Oncológicos'

La vocal del patronato de la Fundación Ángel Muriel, María Luisa Muriel, y la presidenta del Colegio Oficial de Enfermería de Huelva, Patricia Mauri, han firmado las bases de la convocatoria del VI Premio de Investigación 'Enfermería en Cuidados Oncológicos y Paliativos'.

Según ha indicado la entidad en una nota de prensa, este premio dotado con 2.000 euros está destinado a fomentar la investigación en el ámbito oncológico entre los profesionales sanitarios dedicados a la enfermería.

A partir de este jueves se podrán consultar las bases de esta convocatoria en la página web de la fundación www.fundacionangelmuriel.es y del Colegio Oficial de Enfermería de Huelva https://colegiooficialdeenfermeriadehuelva.es.

26/11/2023

Premios Fin de Grado de la Universidad de Oviedo 2023.

La Universidad de Oviedo entregó el pasado viernes 24 de noviembre sus premios Fin de Grado a los mejores expedientes del pasado curso.

El CODEPA patrocina ambos premios, dotados con 1.000 euros cada uno. Fueron entregados por el presidente del CODEPA, Esteban Gómez.


Facultad de Enfermería de Gijón. Premio Virginia Henderson: Beatriz Brunete Riesgo. 



Facultad de Enfermería de Oviedo. Premio Florence Nightingale: Lucía Suárez Blanco.


¡Enhorabuena! Desde el CODEPA os deseamos un futuro lleno de éxitos.


Entrevistas en La Nueva España: 

https://www.lne.es/premios-santa-catalina/2023/11/24/premio-estudio-carrera-le-viene-95017453.html

https://www.lne.es/premios-santa-catalina/2023/11/24/policia-nacional-mejor-enfermera-gijon-95017456.html



25/11/2023

Irene Pérez Regueiro, premio a la mejor Tesis Doctoral

La Real Academia de Medicina y Cirugía de Asturias entregó ayer en Oviedo los premios a los autores de las mejores tesis doctorales de temática sanitaria defendidas en la Universidad de Oviedo a lo largo de 2022. 

Uno de los premios ha sido concedido a nuestra compañera enfermera Irene Pérez Regueiro por su tesis "Conocimientos y disposición de profesionales militares para realizar resucitación cardiopulmonar"


El CODEPA, de la mano de la Vicepresidenta Elsa Viña, ha estado presente en el evento para felicitar a nuestra compañera y premiada Irene.

Desde el Colegio le damos la enhorabuena y le deseamos lo mejor para el futuro.

Intervención de Irene Pérez.  Video de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Asturias:


En este video del programa de TPA Teselas, Irene Pérez Regueiro explica las líneas principales de su tesis doctoral.


24/11/2023

Cursos Formación Continuada de SalusOne

¿Sabías que al pertenecer al Colegio de Enfermería de Asturias puedes matricularte de manera GRATUITA en un Curso CFC de SalusOne al mes?

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Principios básicos de Anestesia I: Farmacología y manejo de la Vía Aérea

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Nutrición y cuidado en patologías Endocrino-Metabólicas

Vacunación y Calendario de Vacunación

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20/11/2023

Novedades Semanales SalusOne

Nuevo CURSO CFC "EL PROCESO DE ATENCIÓN DE ENFERMERÍA"


Este curso incluye los siguientes temas, incluyendo vídeos en calidad HD:

Tema 1. Proceso de atención de enfermería: antecedentes y evolución

Tema 2. Pensamiento crítico

Tema 3. Valoración enfermera

Tema 4. Diagnosis

Tema 5. Planificación

Tema 6. Ejecución

Tema 7. Evaluación

Nuevo INFOGRAFÍA BASADA EN EVIDENCIA "CRIBADO NEONATAL, QUÉ ES Y CÓMO SE REALIZA"


Si pincháis en el enlace podréis acceder tanto a la infografía como el resumen basado en evidencias.

Nuevo PRESCRIBE "RECOMENDACIONES PARA PREPARACIÓN TEST ALIENTO PARA SIBO E INTOLERANCIAS"

En este nuevo prescribe resumimos las recomendaciones más importantes a la hora que preparar el test de aliento para la detección del SIBO e intolerancias como a la lactosa y/o fructosa.

Puedes descargarlo en el siguiente enlace: https://www.salusone.app/c/cuida/prescribes-gratuitos/recomendaciones-para-preparacion-test-aliento-para-sibo-e-intolerancias-lactosa-fructosa

15/11/2023

44º CERTAMEN DE ENFERMERÍA "SAN JUAN DE DIOS"

44 Certamen de Enfermería

Plazo de entrega:

Hasta el 10 de enero de 2024.

Modalidades:

Proyecto de Investigación: Los trabajos presentados deberán versar sobre el ejercicio profesional de la ENFERMERÍA pasado y/o presente, dentro de su amplio contexto: cuidados en todos los ámbitos, historia, intervenciones, administración-gestión y docencia.

Premio Especial Hospitalidad: Premio al mejor artículo publicado en revistas científicas indexadas con asignación de volumen/número durante el año 2023, cuya temática sea la Humanización en el ámbito Asistencial.

Premios:

Proyecto de Investigación: 7.000 € , de cuyo importe se percibirá el 75% el día del fallo de los premios y el 25% restante a la presentación del trabajo concluido (difusión de resultados-publicación),una vez valorado satisfactoriamente por la Comisión de seguimiento.

Proyecto Especial Hospitalidad: 1.500 € , que se percibirán el día del fallo de los premios.


14/11/2023

Convocatoria de ayudas para la realización de voluntariado 2023

El CODEPA dedica un 0,7% de su presupuesto a la cooperación y el voluntariado.

En 2023 convoca ayudas para proyectos de cooperación y voluntariado de forma que se puedan impulsar iniciativas y programas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de personas en situación de vulnerabilidad y a prevenir y promocionar la salud y la justicia social.

Desde el CODEPA queremos concienciar a las enfermeras de la importancia que tiene nuestra presencia en programas de cooperación y programas sociales y como el liderazgo enfermero también puede desarrollarse en este tipo de proyectos y programas.

Proyectos a presentar:

a) Pueden participar en esta convocatoria proyectos de cooperación y voluntariado local o internacional.

b) Los proyectos deben estar liderados por una enfermera/o colegiado en Asturias que será la/el encargada/o de diseñar, dirigir y coordinar el proyecto.

c) Los proyectos deben estar orientados hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas (ODS), dentro de ellos, valoramos especialmente el objetivo 3 (Salud y bienestar), y dentro de este apartado los proyectos que pongan énfasis en estos apartados:

     1. Promoción de la autonomía personal, atención al envejecimiento, a la discapacidad y la salud.

     2. Ayuda a la infancia. Promoción del desarrollo social y educativo de niños y jóvenes de familias en situación de pobreza y vulnerabilidad.

     3. Prevención Violencia de género. Proyectos cuyo objetivo sea la mejora de la situación de mujeres víctimas de violencia machista.

     4. Atención sociosanitaria a colectivos vulnerables: personas sin hogar, jóvenes en riesgo de exclusión, migrantes, personas con problemas de salud mental….

d) Los proyectos deben estar avalados y apoyados por una ONGd, asociación o institución con domicilio en el Principado de Asturias. Deben estar registradas en CODOPA, AECID, o en el registro de voluntariado del Principado de Asturias.

e) Los proyectos presentados deben iniciar su desarrollo entre enero de del año en que se convocan las ayudas y diciembre del año en el que se concede la ayuda. No obstante, si el proyecto se alargase deberá justificarse la prórroga a través de los informes cuatrimestrales de seguimiento preceptivos.


Las solicitudes se registrarán a través de formulario específico en la zona profesional de la web, en la sección de solicitudes. Deberá ser la enfermera/s responsable/s del proyecto quien/es lo solicite/n.

12/11/2023

III EDICIÓN DEL CONCURSO DE RELATOS CORTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERÍA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 2023

BASES DEL CONCURSO

Primera. Objeto.

El concurso convocado tiene por objeto invitar a las colegiadas/os a la redacción y envío de relatos breves, cuya temática deberá girar en torno a cualquier aspecto relacionado con la enfermería y/o los cuidados.

Segunda. Finalidad.

Dar visibilidad y concienciar a la ciudadanía sobre la importancia de la enfermería y/o los cuidados.

Tercera. Financiación.

Los premios otorgados se financian con cargo a la partida presupuestaria asignada a la Comisión de Comunicación de los Presupuestos 2023 del CODEPA, expuesta en Asamblea General y accesible en la web del Colegio de Enfermería.

Cuarta. Participantes.

El Concurso se dirige a enfermeras/os colegiadas/os en Asturias. Quedan excluidos los miembros del jurado y la Junta de Gobierno.

Cada participante sólo puede presentar un relato.

Quinta. Convocatoria.

El plazo de presentación de obras se establece desde la publicación de esta convocatoria en la página web del CODEPA al 23 de Diciembre de 2023.

La participación se realizará única y exclusivamente en formato digital, mediante el formulario habilitado para ello en la página web del CODEPA, en la "Zona Profesional>>Solicitudes>>Sorteos y concursos"

Sexta. Temática de la propuesta.

La propuesta del relato será libre, aunque la temática incluirá a enfermeras/os y/o los cuidados.

El texto debe incluir OBLIGATORIAMENTE la frase: "La sala de espera se había quedado vacía, el silencio me permitía escuchar..."

Séptima. Formato de la propuesta.

Deberán ser relatos originales e inéditos en formato electrónico, escritos en lengua castellana o llingua asturiana.

La extensión del relato deberá estar comprendida entre 700 y 1000 palabras, en folios DIN A4, con márgenes de 2,5 cm, y con un interlineado de espacio y medio.

El tipo de letra será Arial, tamaño 12 puntos. Los relatos se presentarán en un archivo electrónico, en formato pdf, donde constará el título de la obra y el texto del relato.

Los relatos presentados deberán ser originales e inéditos, entendiéndose inédito en sentido amplio: que no haya sido publicado en internet (blog, web, redes sociales), no esté recogido en una publicación digital o física, y que no que no haya ganado ningún premio con anterioridad, aunque no se haya hecho difusión del mismo.

No se admitirá ningún trabajo que denote propagandismo político, religioso, etc., y aquellos que atenten contra cualquier persona por razón de raza o género, ni los que hagan apología de la violencia. En caso de recibir alguno de estos tipos, quedarán eliminados automáticamente del certamen.

De igual manera, no se admitirá en ningún caso originales que inciten al odio, manifiesten ideas homófobas, xenófobas, sexistas, machistas o que vulneren la dignidad de algún colectivo o persona, así como la difusión de bulos o información no contrastada.

Octava. Premios.

Se otorgarán cuatro premios en total, no pudiendo destinarse al mismo autor.

Primer premio: 400 euros brutos.

Segundo premio: 300 euros brutos.

Tercer premio: 200 euros brutos.

Premio popular: Vale de 150€ en Corte Inglés.

Todos los premios están sujetos a la normativa vigente en materia de impuestos.

Novena. Procedimiento, jurado y resolución.

El jurado estará integrado por miembros del ámbito literario, las letras o la comunicación.

Los criterios de valoración que serán tenidos en cuenta por el jurado son los siguientes:

a) Autenticidad

b) Originalidad

c) Técnica Narrativa

d) Referencia al tema propuesto.

El fallo del jurado para los tres primeros premios tendrá lugar a partir del 25 de diciembre de 2023. Se comunicará personalmente a los galardonados y se publicitará en la web del Colegio y sus redes sociales.

El Premio popular a colegiada/o de Asturias se concederá al texto más votado entre los presentados por los/las colegiados/as de Asturias mediante formulario dispuesto en la web colegial, estará disponible desde el 1 de enero al 7 de enero de 2024.

El fallo del Jurado será inapelable.

El jurado tendrá la competencia de resolver cualquier circunstancia no prevista en las presentes bases.

El jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios, si considera que ninguna de las obras presentadas reúne la calidad necesaria.

Los premios no podrán entregarse “ex-aequo”.

La entrega de premios (transferencias bancarias) tendrá lugar a partir del 15 de enero de 2024.

Décima. Cesión de derechos de las obras.

Los participantes cuyos trabajos resulten premiados ceden en exclusiva y gratuitamente al CODEPA sus derechos de explotación derivados de la obra presentada a concurso y en concreto los derechos de reproducción y comunicación pública, incluyendo, a título de ejemplo y no exhaustivo, los derechos de modificación, impresión, publicación, difusión y comunicación, por cualquier procedimiento y modalidad, en cualquier soporte y cuantas veces se considere necesario, para los fines previstos en las presentes bases.

En su consecuencia, el Colegio de Enfermería de Asturias se reserva la potestad de adaptar, modificar y/o actualizar los textos ganadores, cuantas veces considere necesario, para adecuarla a diferentes necesidades o circunstancias.

En caso de que se estime oportuno por el órgano competente, el Colegio de Enfermería de Asturias procederá a inscribir el trabajo premiado y los derechos que sobre el mismo ostente en los registros oficiales que considere necesario, como por ejemplo el Registro de Patentes y Marcas o el Registro de Propiedad Intelectual.

La cesión lo será por el plazo máximo de duración previsto en la normativa de propiedad intelectual vigente.

Undécima. Responsabilidad.

El CODEPA declina la responsabilidad que pueda darse en el caso de que el relato ganador haga mención a personas vivas y circunstancias reales de las que no se tenga conocimiento y no se haga referencia expresa a la autorización de las personas interesadas. Será responsable únicamente el/la autor/a.

Los participantes eximen al Colegio de Enfermería de Asturias de cualquier responsabilidad que se derive del plagio o cualquier otra transgresión de la legislación vigente en la que pudieran incurrir los participantes.

Además, por el sólo hecho de participar en el concurso quien resultara ganador/a adquiere el compromiso de devolver al Colegio de Enfermería de Asturias el premio económico recibido en los siguientes supuestos:

1. La imposibilidad del Colegio de Enfermería de Asturias de utilizar el relato presentado por el ganador/a como consecuencia de la declaración de plagio por órgano competente, o como consecuencia de cualquier resolución judicial o administrativa fundada en cualquier otro motivo.

2. En el caso de que se declare la obligación de devolver el premio metálico percibido por el ganador/a, el Colegio de Enfermería de Asturias tramitará el correspondiente expediente con audiencia del interesado/a y se le otorgará un plazo de un mes para cumplir con esta obligación. Si de forma voluntaria no se procediera a la devolución en dicho plazo, se iniciará el procedimiento legal correspondiente.

Duodécima. Aceptación de las bases.

La participación en este concurso implica la plena aceptación de sus bases. Se pueden consultar las bases completas en la página web y redes sociales de CODEPA.

Decimotercera. Política de tratamiento de datos personales

El responsable del tratamiento es el CODEPA, pudiendo contactar con el DPD en el email lopd@codepa.es, la finalidad del tratamiento es gestionar el concurso de relatos cortos del CODEPA, basando su legitimación el art.6.1.a .- consentimiento del interesado, los datos serán conservados durante los plazos legalmente establecidos y en el caso de ser premiado sus datos constarán por un periodo ilimitado y serán publicados en la página web del CODEPA y sus RRSS, no se utilizarán para la elaboración de perfiles, todos los datos son obligatorios y veraces para participar en el concurso y podrá retirar su consentimiento, así como ejercitar sus derechos ARSOPOL dirigiéndose por vía electrónica a codepa@codepa.es acreditando su identidad y el derecho que desea ejecutar, se comunicarán sus datos a los miembros del jurado y no se cederán datos a terceros salvo obligación legal tampoco está prevista la transferencia de los mismos a terceros países. Si usted considerara que sus derechos no se han respetado podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos, y Calle Jorge Juan, 6, 28001 – Madrid, como Autoridad Independiente de Control en materia de protección de datos de carácter personal.

12/11/2023

OECA. RESULTADO DE LA ENCUESTA FLASH: "Modificación en las condiciones laborales y profesionales del colectivo profesional"

Una vez distribuidas las encuestas entre el censo colegial, y tras el pertinente análisis por parte del Observatorio de la Enfermería ay los Cuidados de Asturias, os podemos presentar el análisis completo de los datos obtenidos y las principales conclusiones.

Gracias a todos/as por vuestra participación y colaboración!

Ficha técnica

Objetivo del estudio:

Conocer la frecuencia e intensidad de los cambios que se producen en el ámbito laboral y en el profesional entre las enfermeras/os del Principado.

Instrumento de medida:

cuestionario online cerrado con:

Cinco ámbitos laborales:

» Actividad.

» Contrato.

» Centro/sector.

» Ámbito geográfico.

» Jornada laboral.

Dos ámbitos profesionales:

» Nivel MECES.

» Especialidades enfermeras.

Dos datos de clasificación:

» Sexo/género.

» Edad.

Muestra:

» Objetivo: 550.

» Final: 678 (margen máximo de error = ±3,6%).

Duración del cuestionario (mediana): 1m24s.

ACCESO AL DOSSIER COMPLETO DE LA ENCUESTA


12/11/2023

AEESME: PREMIO RELATOS BREVES / HOMENAJE DRA. RAQUEL RODRÍGUEZ CÁCERES

Se ha fallado el IV Premio de Relatos Breves convocado por la AEESME y el Colegio Oficial de Enfermería de Cáceres.

Además, la AEESME celebró un acto de reconocimiento a la Dra. Raquel Rodríguez, Presidenta del Colegio Oficial de Enfermería de Cáceres.

11/11/2023

LA JUNTA GENERAL APRUEBA EL PROYECTO DE NUEVOS ESTATUTOS DEL CODEPA.

En la mañana de hoy, la Junta General Extraordinaria ha aprobado el proyecto de nuevos estatutos 

- 53 votos a favor.

- 1 voto en contra.

- 2 abstenciones.


En el siguiente trámite del proceso, el texto será enviado al Consejo General de Enfermería para su aprobación. Posteriormente, requerirá la revisión de adecuación a la legalidad por parte de la Administración del Principado de Asturias.




11/11/2023

SALUSPLAY: Curso EIR 2124/25

Si te gustaría convertirte en Enfermera Especialista, al pertenecer al Colegio de Enfermería puedes matricularte antes del 15 de noviembre en el Curso Online de EIR de SalusPlay, aprovechándote de unas condiciones muy ventajosas.

El Curso que comenzará el 02 de Abril de 2024 y tiene como principales características:

1-Te planificamos diariamente tu estudio, para que tu solo te centres en estudiar.

2-El curso se adaptará a ti y no al revés, facilitando tu trabajo como enfermera y la preparación del EIR.

3-Estudiarás con Manuales resumidos y visuales, para que te centres en lo más importante.

4-Clases grabadas en primera vuelta, que podrás ver según tus necesidades con nuestro planificador de estudio.

5-Clases en Streaming Gamificadas en segunda vuelta, que te permitirán aprender de una manera divertida y mejorar el tiempo de respuesta.

6-Apoyo de un Tutora personal que te ayudará en los buenos y malos momentos de la preparación.

7-Profesorado Experto que no dependerá de la sede de estudio.

8-Preparación Física y Mental para mejorar el rendimiento académico y aprender a gestionar el estrés de la preparación y el examen.

RESULTADOS SALUSPLAY EIR 2023

76% de los alumnos de SalusPlay tienen opción a plaza de especialista.

9º mejor nota del EIR 2023 fue alumno de SalusPlay.


MODALIDADES DEL CURSO: MANUALES, PRECIOS Y MATRÍCULA

Existen dos opciones de pago:

Pago Único: 1.190€ (Ahorro 14%)

Pago por Cuotas: 1.390€

· Matricula: 190€ (pago único)

· Cuotas: 120€ x 10 cuotas mensuales.

PROMOCIÓN ESPECIAL: Al pertenecer al Colegio de Enfermería tendrás acceso solo hasta el 15 de noviembre a 150€ de descuento y un Libro con las 165 preguntas históricas del EIR.

Opción de manuales impresos

En la inscripción, podrás elegir entre manuales en formato pdf o impresos y enviados en tu domicilio.

En caso de preferir obtener los manuales impresos y enviados a tu domicilio, se añadirá 160€ a los importes anteriormente mencionados.

INSCRIPCIÓN EN EL CURSO EIR

Puedes realizar la inscripción al curso EIR de SalusPlay a través del siguiente enlace https://www.salusplay.com/eir/curso

Si tienes cualquier duda puedes hablar con Eva Ramón, nuestra asesora de formación de SalusPlay, por teléfono o WhatsApp en el 639 080 603 o por email: info@salusplay.com

9/11/2023

AYUNTAMIENTO DE OVIEDO: Jornadas de emergencias en colaboración con el CODEPA (noviembre 2023)

Jornadas de emergencias en colaboración con el CODEPA -Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias- (noviembre 2023)

No precisa inscripción, entrada libre hasta completar el aforo.

Centros sociales y fechas

C.S. TEATINOS

Lunes, 20 de Noviembre de 2023

C.S. LA RIERA

Martes, 21 de Noviembre de 2023

C.S. CAMPOMANES

Miércoles, 22 de Noviembre de 2023

C.S. TENDERINA

Jueves, 23 de Noviembre de 2023

C.S. OLIVARES

Viernes, 24 de Noviembre de 2023

Programa

19.00-19.20 TEORÍA

Introducción a las emergencias vitales

Parada cardiorrespiratoria

Consciente-inconsciente

Proteger avisar socorrer

Reanimación cardiopulmonar adulto y niño

Atragantamiento, maniobra Heimlich adulto y niño

19.20- 20.30 PRÁCTICA

Maniobras reanimación cardiovascular en solitario o en pareja en adulto y niño

Actuación ante un atragantamiento en adulto y niño

Simulacro de actuación en distintas situaciones de emergencia. Activación servicios de emergencia y primeras actuaciones

Ponentes:

Itciar Campal Walker, enfermera del Sespa en el Servicio de Urgencias del Hospital Vital Álvarez Buylla

Cristina Menéndez Fernández, enfermera del Sespa en el Servicio de Urgencias del Hospital Vital Álvarez Buylla

Sandra Díaz Rodríguez, funcionaria Principado de Asturias

Andrés Palacio Ania, Servicio de Radiodiagnóstico del Hospital Universitario de Cabueñes

Raquel Palacio Villazón, enfermera SESPA Hospitalización a Domicilio Área V

Felipe Carreño Morán, enfermero en el SAMU

Patricia Sirgo Granda, enfermera Especialista del trabajo en Quirón Prevención

DOCUMENTOS

 Díptico Jornadas de emergencias (noviembre 2023) (pdf 1,6 MB )

9/11/2023

INFORME CONTESTACIÓN A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS DENTRO DEL PLAZO DEL PERIODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO DE ESTATUTOS DEL CODEPA.

INFORME CONTESTACIÓN A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS DENTRO DEL PLAZO DEL PERIODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO DE ESTATUTOS DEL CODEPA.

Con fecha 1 de noviembre de 2023 finalizó el plazo de presentación de alegaciones en el trámite de información pública abierto tras la aprobación provisional del proyecto de Estatutos del CODEPA por parte de la Comisión encargada de la redacción de los nuevos estatutos colegiales en el proceso iniciado el 3 de febrero de 2022.
A la conclusión de dicho plazo, se presentaron alegaciones por cuatro personas colegiadas, a las que, con carácter previo a la aprobación del proyecto de Estatutos que se somete a la consideración de la Junta General del día 11 de noviembre, se adoptó, por la Junta de Gobierno las siguientes repuestas a las citadas alegaciones:

Vistas las alegaciones, de fecha 13 de octubre de 2023, presentadas por Don Sergio Valles García, colegiado número 9108:
ALEGACIÓN Nº1: Normalización del término profesión enfermera o profesión de Enfermería en todo el documento.
PROPUESTA: ESTIMATORIA.
Justificación: Se trata de un argumento formal plenamente justificado. En la totalidad del documento debería aparecer la denominación de la profesión de enfermería de forma unificada.

ALEGACIÓN Nº2: A fin de favorecer la participación de la mayoría de colegiadas y colegiados en la Junta General, se debería limitar la participación de las personas que forman parte de la Junta de Gobierno (la presidenta o el presidente del CODEPA, la vicepresidenta o vicepresidente, la secretaria o secretario, la tesorera o tesorero; y cinco vocales). Teniendo en cuenta que en la Junta General la presidenta o presidente y secretaria o secretario son los que lo sean del CODEPA y que además para el desarrollo de sus funciones, contará con la asistencia de la secretaria o secretario, la tesorera o tesorero y el resto de los miembros de la Junta de Gobierno, es necesario limitar las intervenciones de las personas de la Junta de Gobierno en la Junta General, a fin de no monopolizar la misma, convirtiéndola en una Junta de Gobierno bis, y favoreciendo así la participación del resto de colegiadas y colegiados, cuyo único foro de participación en la toma de decisiones del Colegio es la Junta General. Para ello, modificaría las siguientes redacciones
a. En relación al Artículo 26. Funciones de la Junta General, en su punto 2. En particular, la Junta General ostenta el ejercicio exclusivo de las siguientes competencias siendo indelegables a la Junta de Gobierno:
n) Conocer, discutir y, en su caso, aprobar los asuntos que por iniciativa de la Junta de Gobierno o por un grupo de colegiadas o colegiados que no formen parte de la Junta de Gobierno y que representan al menos el tres por ciento del total, aparezcan anunciados en el orden del día.
b. En lo referente al Artículo 28. Junta General Extraordinaria, y en relación al punto 1. La Junta General se reunirá con carácter extraordinario cuantas veces sea necesario para la gestión y buena marcha del CODEPA. Se convocará y celebrará necesariamente en los siguientes casos: i. Cuando así lo acuerde la Junta de Gobierno.
ii. Cuando lo solicite al menos un tres por ciento de las colegiadas y colegiados al corriente de pago, y que no forme parte de la Junta de Gobierno, mediante escrito en el que deberá constar el nombre y apellidos de los solicitantes, sus números de colegiada o colegiado y la firma de cada uno de ellos.
En lo relativo al Artículo 30. Convocatoria y funcionamiento de la Junta General.
i. En su punto 1. La Junta General se convocará, con una antelación mínima de quince días naturales, por acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado a iniciativa propia, o a solicitud de al menos un tres por ciento de las colegiadas o colegiados, que no formen parte de la Junta de Gobierno de acuerdo con el artículo 28 de los estatutos. La convocatoria, que será única, indicará el lugar, la fecha y hora de la reunión, así como los puntos del orden del día.
ii. En su punto 4. Complementariamente, las colegiadas y colegiados que no formen parte de la Junta de Gobierno, podrán presentar por escrito ruegos y preguntas a la Junta de Gobierno hasta tres días hábiles antes de la celebración de la Junta General. Estos ruegos y preguntas por escrito se responderán de manera oral en la Junta General y se les enviará respuesta por escrito a los solicitantes.

PROPUESTA: ESTIMATORIA.
Justificación: En línea con lo apuntado por el colegiado que presenta la alegación, y de acuerdo con los principios generales que han presidido la actuación de la Comisión encargada de la redacción de este proyecto de Estatutos del CODEPA, entre las que se encuentra fomentar la participación, entendida como la posibilidad de los colegiados de participar en la vida colegial y en la toma de decisiones de la corporación, parece coherente aceptar la propuesta contenida en la alegación en orden a reducir si cabe el protagonismo de la Junta de Gobierno en aras a otorgar un mayor protagonismo al conjunto de colegiados que componen la Junta General.

Vistas las alegaciones, de fecha 27 de octubre de 2023, presentadas por Don Javier González Requejo, colegiado número 10718:
ALEGACIÓN Nº1: Artículo 3.3: Para el mejor cumplimiento de sus fines y funciones, el CODEPA podrá establecer delegaciones y otras dependencias en otras localidades de su ámbito territorial mediante acuerdo de la Junta General, en atención al número de colegiadas y colegiados residentes en una zona geográfica, así como a los centros sanitarios existentes en la misma.

Alegación: Perjudica a las áreas con escaso número de colegiados y/o centros sanitarios que sin embargo peores comunicaciones y más alejadas están de aquellas con mayor volumen de estos. Es decir, perjudica a quien más puede necesitarlo.
Propuesta: Añadir "así como de otros parámetros como comunicaciones, lejanía u otras necesidades".

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Como señala el propio artículo citado por el colegiado, la competencia para el establecimiento de delegaciones corresponderá a la Junta General, órgano soberano de Gobierno del CODEPA a través del cual se expresa la voluntad colegial. Será a dicho órgano al que corresponderá, en función de las circunstancias que en cada caso se presenten, establecer, por consiguiente, las delegaciones y dependencias del CODEPA.

ALEGACIÓN Nº2: Artículo 3.4: Las delegaciones tendrán funciones administrativas, de registro y entrega de documentos, así como lugar de reuniones de las colegiadas y colegiados de esa demarcación, sin perjuicio de otros servicios expresos que la Junta de Gobierno pueda acordar atendiendo a sus necesidades.
Alegación: ha de especificarse el horario actual de la sede y delegaciones del CODEPA además de la obligatoriedad de someter a la Junta General cualquier cambio en estos, que será previamente valorada por la Junta de Gobierno.

Propuesta: Incluir el horario actual de la sede y delegaciones del CODEPA. Incluir la obligatoriedad de someter a la Junta General cualquier propuesta de cambio en estos, que será presentada por la Junta de Gobierno, previa valoración de la misma.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Parece evidente que los Estatutos colegiales no son el ámbito normativo oportuno para el establecimiento de los horarios de apertura y cierre de la sede y delegaciones del CODEPA. De hacerse así, cualquier modificación en los mismos motivada por aspectos meramente organizativos del colegio, precisaría nada menos que una modificación estatutaria, con la compleja tramitación que ello supone.
Se trata de una cuestión organizativa que, como órgano ejecutivo encargado de la gestión y administración del CODEPA corresponde a la Junta de Gobierno, siempre en ejecución de los acuerdos de la Junta General –artículo 31 del proyecto de Estatutos-.

ALEGACIÓN Nº3: Artículo 8.3. e) El CODEPA no estará facultado para establecer haremos orientativos, ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales.
Alegación: Sobra pues ya hay normas que indican que no está facultado para ello.
Propuesta: suprimir ese punto.

PROPUESTA: ESTIMATORIA.
Justificación: Se estima esta alegación por entender, como apunta al colegiado que, al estar recogida dicha prohibición del establecimiento de baremos orientativos, recomendaciones, directrices o normas sobre honorarios profesionales en el artículo 14 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales –tras la reforma operada por el artículo 5.14 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre-, carece de sentido incluir dicha norma en los Estatutos colegiales.

ALEGACIÓN Nº4: Artículo 24. Empleados y asesores del CODEPA.
1. Corresponde a la Junta de Gobierno proponer a la Junta General las necesidades de contratación para la buena organización, desenvolvimiento y desarrollo del CODEPA que se llevarán a cabo bajo los principios de publicidad, igualdad, capacidad y mérito. Para garantizar estos principios, la selección del personal será gestionada por una empresa externa.
El personal administrativo estará a las órdenes de la Junta de Gobierno que podrá atribuir a uno de sus miembros las funciones de jefa o jefe de personal del CODEPA.
Alegación: Un miembro de la Junta de Gobierno ha de ser el jefe de Personal, la margen de si se estima oportuno esta nombre o contrate a un gestor externo o puesto para la gestión del personal pero siempre supeditado a la figura del jefe de Personal.
Propuesta: Modificar el texto quedando así "que atribuirá a uno de sus miembros las funciones de jefa o jefe de personal del CODEPA".

PROPUESTA: ESTIMATORIA.
Justificación: La razón del precepto es meramente organizativa. Se entiende por la Comisión redactora de los Estatutos que resulta positivo poder encargar a cualquiera de los miembros de la Junta de Gobierno la jefatura del personal del CODEPA, sin que necesariamente haya de recaer dicha función en el Secretario del colegio. Parece oportuno, para una mayor claridad y operatividad, que la redacción del término en los estatutos sea imperativa, de tal forma que la jefatura de personal recaiga, por delegación de la Junta de Gobierno, en uno de sus miembros.

ALEGACIÓN Nº5: Artículo 26. Funciones de la Junta General.
k) Autorización de la firma de conciertos, convenios o contratos que creen o puedan crear obligaciones directas a las colegiadas o colegiados.
Alegación: Esta es función de la junta de Gobierno, que deberá informar de ello a la Junta general, pero pretender que cada vez que haya un convenio o concierto, pues todos afectan a los colegiados, haya que pasarlo por Junta General ni es operativo, ni realista, ni necesario.
Ha de encontrarse un punto de equilibrio entre Junta de Gobierno y junta General, basada en la mutua confianza y no en la desconfianza. Si el censo de colegiados ha elegido a una Junta de gobierno es para que esta lleve el buen gobierno del CODEPA y su proyecto de gestión, delegando en la Junta de Gobierno (JG) esta tarea no es para que se le someta a escrutinio constante. La JG ha de informar puntualmente de la gestión realizada y favorecer la participación de los colegiados pero un exceso de "asamblearismo" como el que se pretende favorecer con estos estatutos parece ser poco operativo, al margen de la desafección que existe entre los colegiados y el CODEPA (a una Junta General apenas acude un porcentaje testimonial de colegiados, en todo caso inferior al número de votantes de cualquier candidatura y por supuesto de la elegida).
Propuesta: Modificar quedando así "ser informada de la firma...".

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: La redacción del precepto es clara y taxativa: se deberá someter a la autorización de la Junta General no cualquier tipo de convenio o contrato, sino únicamente los que creen o sean susceptibles de crear obligaciones directas a las colegiadas o colegiados. Por consiguiente, y estando de acuerdo con el contenido de la exposición de la alegación, se entiende que la redacción del precepto en nada contradice lo expuesto por el colegiado.

ALEGACIÓN Nº6: Artículo 26. Funciones de la Junta General.
n) Conocer, discutir y, en su caso, aprobar los asuntos que por iniciativa de la Junta de Gobierno o por un grupo de colegiadas o colegiados que representan al menos el tres por ciento del total, aparezcan anunciados en el orden del día.
Alegación: Se ha de incluir en el orden del día aquellas cuestiones, fundamentadas, que cualquier colegiado estime oportuno dirimir en ella. El requerimiento del porcentaje supone una traba innecesaria.
Propuesta: modificar el texto quedando así: "o por un colegiado, o grupo de colegiados, aparezcan anunciados en el orden del día."

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: La inclusión en el orden del día de cualquier propuesta efectuada por una única colegiada o colegiado podría dificultar enormemente la configuración del orden del día de una Junta General, cuando no hacerla simplemente imposible. En orden a fomentar al máximo la participación del conjunto de colegiadas y colegiados en la toma de decisiones, se ha establecido la posibilidad de que un número reducido del total del colectivo –un tres por ciento- puedan solicitar la inclusión de un asunto en el orden del día. Igualmente, cualquier colegiada o colegiado puede, en el apartado de ruegos y preguntas de cualquier Junta General ordinaria, incluir asuntos que se consideren de interés.

ALEGACIÓN Nº7: 4. De conformidad con lo dispuesto en la legislación estatal básica, las Juntas Generales del CODEPA se celebrarán de manera presencial y de forma telemática.
Alegación: Ha de permitirse la celebración de juntas semipresenciales combinando la presencialidad y la telematía.
Propuesta: añadir al texto "pudiendo celebrarse de forma combinada (semipresencial). Para ello la Junta de Gobierno facilitará los medios oportunos con el fin de facilitar la asistencias así como de garantizar la validez de la misma y los acuerdos tomados en ella."

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: La celebración de Juntas Generales de forma combinada –presencial y telemática- está expresamente prevista en el citado apartado 4º del artículo 26, de conformidad con lo establecido en la legislación estatal básica - Disposición adicional sexta de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales así como el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público- de tal forma que, salvo que en los Estatutos se dispusiera otra cosa, todos los órganos colegiados de las corporaciones colegiales se podrán constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia.

ALEGACIÓN Nº8: Artículo 27. Junta General Ordinaria.
1. La Junta General se reunirá, con carácter ordinario una vez cada año natural. En dicha reunión ordinaria se llevará a cabo la rendición y aprobación de las cuentas del ejercicio anterior, la aprobación de la memoria anual, la aprobación del presupuesto, y la del plan operativo anual. Igualmente se informará sobre la marcha del CODEPA en todos los aspectos colegiales y profesionales.
Durante el último trimestre del año natural se celebrará una Junta General de carácter informativo para presentar los proyectos de Plan Operativo Anual y de Presupuestos de la entidad.
Alegación: la Junta General ha de celebrarse con mayor frecuencia, al menos dos veces al año, máxime si se le quiere dotar de tantas y tan importantes funciones en la gestión ordinaria del CODEPA. Además, puede celebrarse de forma no presencial, lo que facilita que se pueda aumentar la frecuencia de celebración de las mismas.
Propuesta: La Junta General se reunirá, con carácter ordinario, al menos dos veces cada año natural, una por semestre. En una de ellas, se llevará a cabo la rendición y aprobación de las cuentas del ejercicio anterior, la aprobación de la memoria anual, la aprobación del presupuesto, y la del plan operativo anual. En ambas, se informará sobre la marcha del CODEPA en todos los aspectos colegiales y profesionales.
Durante el último trimestre del año natural se celebrará una Junta General de carácter informativo para presentar los proyectos de Plan Operativo Anual y de Presupuestos de la entidad.

PROPUESTA: DESETIMATORIA.
Justificación: De acuerdo con el tenor del precepto que se reproduce en la alegación, ya se prevén dos Juntas Generales ordinarias al año. La primera –artículo 27.1 del proyecto de Estatutos- en la que se llevará a cabo la rendición y aprobación de las cuentas del ejercicio anterior, la aprobación de la memoria anual, la aprobación del presupuesto, y la del plan operativo anual, y la segunda –en el párrafo segundo de dicho precepto- que tendrá carácter informativo, y en la que se presentarán los proyectos de Plan Operativo Anual y de Presupuestos de la entidad.

ALEGACIÓN Nº9: Artículo 28. Junta General Extraordinaria.
1. La Junta General se reunirá con carácter extraordinario cuantas veces sea necesario para la gestión y buena marcha del CODEPA. Se convocará y celebrará necesariamente en los siguientes casos:
b) Cuando lo solicite al menos un tres por ciento de las colegiadas y colegiados al corriente de pago, mediante escrito en el que deberá constar el nombre y apellidos de los solicitantes, sus números de colegiada o colegiado y la firma de cada uno de ellos.
Alegaciones: la exigencia porcentual ha de ser menor, pues por ejemplo para un asunto o problema importante pero que afecte a un pequeño grupo de colegiados (por su ámbito profesional o por su situación geográfica) la celebración de esa Junta extraordinaria quedaría supeditada a la voluntad (e intereses) de la Junta de Gobierno. Si se quiere dotar a las Juntas generales de unas funciones más amplias, ha de facilitarse la participación de los colegiados en ellas así como el poder celebrarlas de acuerdo a sus necesidades.
Propuesta: Cuando lo solicite al menos un dos por ciento de las colegiadas y colegiados al corriente de pago.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Los porcentajes de participación en determinados asuntos –convocatoria de Junta General extraordinaria, inclusión de asuntos en el orden del día, moción de censura, etc- fueron objeto de debate y deliberación en el seno de la Comisión redactora del proyecto de Estatutos. Fruto de dicho debate, en el que había posiciones discrepantes, se llegó al acuerdo de consenso de exigir para los mismos un porcentaje ciertamente bajo de participación, en aras al cumplimiento del objetivo antes señalado de favorecer y potenciar la posibilidad de las colegiadas y colegiados de participar realmente en la vida colegial. El resultado es un porcentaje, como apuntamos, es ciertamente reducido –el tres por ciento- teniendo en cuenta el volumen del colectivo. Dicho porcentaje se sitúa entre los más bajos de la totalidad de normas estatuarias comparadas.

ALEGACIÓN Nº10: Artículo 29. Derechos y deberes de las colegiadas y colegiados en la Junta General.
1. Todas las colegiadas y colegiados ejercientes y no ejercientes al corriente de pago tienen el derecho y el deber de asistir a la Junta General del CODEPA con voz y voto, salvo los ejercientes que no estén al corriente de pago que pueden asistir a la Junta General con voz, pero no tendrá posibilidad de voto.
Alegación: Los colegiados no ejercientes han de tener derecho a opinar y tener voz en la Junta general, si bien no han de tener el mismo derecho a voto (bien no tenerlo o tener en menor porcentajes -50%- ) que los que sufragan con sus cuotas el mantenimiento del CODEPA. En todo caso han de poder tener voto en relación a los asuntos de la sección de colegiados no ejercientes, jubilados o como se denomine esta sección si el CODEPA la creara.
Propuesta: modificar el texto quedando así: "Todas las colegiadas y colegiados ejercientes al corriente de pago tienen el derecho y el deber de asistir a la Junta General del CODEPA con voz y voto, salvo los ejercientes que no estén al corriente de pago que pueden asistir a la Junta General con voz, pero no tendrá posibilidad de voto. Los colegiados no ejercientes tendrán los mismos derechos y deberes, de este artículo, que el resto de colegiados excepto la posibilidad de voto, salvo en aquellos los asuntos de la sección de colegiados no ejercientes, jubilados o como se denomine esta sección si el CODEPA la creara.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: La propuesta presentada en la alegación presenta una enorme complejidad técnica a la hora de cualquier votación en la Junta General, y máxime teniendo en cuenta la celebración de las mismas de manera combinada –presencial y telemática- como se viene haciendo hasta la fecha.

ALEGACIÓN Nº11: Artículo 30. Convocatoria y funcionamiento de la Junta General.
1. La Junta General se convocará, con una antelación mínima de quince días naturales, por acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado a iniciativa propia, o a solicitud de al menos un tres por ciento de las colegiadas o colegiados de acuerdo con el artículo 28 de los estatutos. La convocatoria, que será única, indicará el lugar, la fecha y hora de la reunión, así como los puntos del orden del día.
Alegación: ver la presentada sobre el art. 28.
Propuesta: modificar el porcentaje reduciéndolo al 2%.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Idéntica a la ya efectuada en la alegación número 9.

ALEGACIÓN Nº12: Artículo 30. Convocatoria y funcionamiento de la Junta General.
3. La documentación necesaria para que las personas convocadas tengan información sobre el contenido de los acuerdos a adoptar y sus antecedentes, así como el acta de la reunión anterior se encontrará a disposición de las colegiadas y colegiados en la página web del CODEPA y en las oficinas del CODEPA con una antelación de, al menos, quince días hábiles a la fecha de celebración de la Junta.
Alegación: ha de estar incluida en la propia convocatoria, se evita pérdida de información y se agiliza el proceso informativo.
Propuesta: Modificar el texto quedando así: "La documentación necesaria para que las personas convocadas tengan información sobre el contenido de los acuerdos a adoptar y sus antecedentes, así como el acta de la reunión anterior se incluirá en la convocatoria".

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: El régimen previsto en el proyecto de estatutos es el corriente en la convocatoria de cualquier órgano colegiado, estando toda la documentación a disposición de las colegiadas y colegiados a través de un enlace a la web institucional del CODEPA en la propia convocatoria. Remitir la totalidad de la documentación completa a la totalidad de miembros de la Junta General, aparte de poco operativo y dificultoso desde el punto de vista técnico –capacidad de almacenaje en cuentas de correo, etc-, carece de sentido.

ALEGACIÓN Nº13: Artículo 30. Convocatoria y funcionamiento de la Junta General.
6. Los acuerdos de las Juntas Generales serán adoptados por mayoría simple de los asistentes, salvo en los casos estipulados en estos Estatutos. A efectos de la votación correspondiente se considerará que se abstienen los miembros de la Junta General que se hubieran ausentado de la sala y no estuviesen presentes en el momento de la votación. El voto se ejercerá siempre personalmente. Una vez iniciada la votación, no puede interrumpirse por ningún motivo.
Alegación: ha de especificarse para el caso de la celebración telemática y/o semipresencial.
Propuesta: modificar el texto quedando así: "A efectos de la votación correspondiente se considerará que se abstienen los miembros de la Junta General que se hubieran ausentado de la sala y no estuviesen presentes en el momento de la votación. En el caso de votación telemática, bien en exclusiva bien combinada con presencialidad, la abstención se considerarás igualmente para aquellos colegiados asistentes que se ausenten de la sala correspondiente, ya fuera virtual o analógica".

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: El precepto está redactado de tal forma que no discrimina entre reunión presencial o telemática. La ausencia de la sala en el momento de la votación no discrimina, en la redacción del proyecto de estatutos, entre reunión presencial, telemática o combinada, resultado en todo caso computable como abstención la ausencia de la sala –presencial o virtual- en el momento de la votación.

ALEGACIÓN Nº14: Artículo 32. Funciones de la Junta de Gobierno.
1. La Junta de Gobierno ejercerá las siguientes funciones:
Alegación: nada dice sobre la gestión de la plantilla del CODEPA ni de los recursos humanos y/o materiales del CODEPA. Es imprescindible que haya una correcta gestión de los mismos y obviamente esta tarea, y responsabilidad, ha de ser la Junta de Gobierno para el buen funcionamiento del CODEPA.
Propuesta: Incluir un artículo relativo a la función de gestión del personal y recursos tanto humanos como materiales del CODEPA por parte de la Junta de Gobierno.

PROPUESTA: DESETIMATORIA.
Justificación: Los aspectos relacionados con la gestión de los medios humanos y materiales del CODEPA ya están reflejados en los artículos 24 y 63 respectivamente del proyecto de Estatutos, que igualmente atribuye a la Junta de Gobierno, entre sus funciones, la dirección y gestión de los mismos.

ALEGACIÓN Nº15: Artículo 33. Reuniones de la Junta de Gobierno.
1. La Junta de Gobierno del CODEPA se reunirá obligatoriamente, al menos, una vez al mes, e igualmente siempre que lo acuerde la presidenta o presidente o, en su defecto, la persona que legalmente le sustituya, o lo soliciten razonadamente una tercera parte de sus miembros, en cuyo caso la reunión deberá ser convocada para celebrarse dentro de los cuatros días hábiles siguientes a la fecha en que la solicitud tuviera entrada en el CODEPA.
Alegación: ha de explicitarse la posibilidad de reuniones semiprenseciales y/o telemáticas para facilitar la asistencia de aquellos que por motivos geográficos o de otro tipo no puedan asistir de otro modo o les sea más conveniente.
Propuesta: modificar el testo quedando así: "La Junta de Gobierno del CODEPA se reunirá (de forma presencial, telemática o semipresencial) obligatoriamente, al menos, una vez al mes...".

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Idéntica a la alegación número 7. La celebración de Juntas Generales de forma combinada –presencial y telemática- está expresamente prevista en el citado apartado 4º del artículo 26 del proyecto de Estatutos.

ALEGACIÓN Nº16: Artículo 33. Reuniones de la Junta de Gobierno.
6. Los miembros de la Junta de Gobierno están obligados a asistir a sus reuniones. No obstante, la Junta de Gobierno quedará válidamente constituida, en convocatoria única, cuando asistan la mayoría de los miembros, siempre que asistan la presidenta o presidente y la secretaria o secretario o quienes legalmente les sustituyan y siempre que exista constancia de la recepción de la convocatoria por todos los miembros de la Junta.
Alegación: ha de explicitarse la posibilidad de ausencia por causa justificada.
Propuesta: Los miembros de la Junta de Gobierno están obligados a asistir a sus reuniones, salvo ausencia por causa debidamente justificada, que será incorporad al acta de la misma.
PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: La ausencia a una reunión de la Junta de Gobierno de cualquiera de sus miembros se entiende que obedecerá siempre a causas justificadas. Se parte de la confianza en la seriedad de los citados miembros del órgano gestor. De ahí a establecer en una norma estatutaria el régimen y los supuestos –que pueden ser variados- de las causas que justifican la falta de asistencia a las reuniones, así como el régimen de valoración de las mismas, carece de sentido en una norma de tal rango.

ALEGACIÓN Nº17: Artículo 34. Mandato de la Junta de Gobierno.
4. El mandato de los miembros de la Junta de Gobierno concluirá por las siguientes causas:
Alegación: Ha de concluir cuando deja de estar en activo como enfermera.
Propuesta: Incluir un artículo que especifique la expiración del mandato por el cese del ejercicio profesional de enfermería, ya sea con cambio a alta no ejerciente, baja colegial o sin estas modificaciones.

PROPUESTA: ESTIMATORIA.
Justificación: La expiración del mandato por baja colegial ya estaba contemplada. No así la del cambio a situación de alta no ejerciente, que se incluye en coherencia con el espíritu de la propia norma.

ALEGACIÓN Nº18: Artículo 41. La Secretaría.
2. Sus funciones son las siguientes:
c) Instrumentar la organización administrativa del CODEPA, comprobando su funcionamiento de modo permanente.
Alegaciones: La función ha de ser no solo comprobar, sino que ha de tener capacidad de gestionar el personal y recursos de la administración del CODEPA con funciones de jerárquicas sobre este personal ya que este deberá estar bajo las órdenes de un miembro de la junta de Gobierno, al margen de que haya otro puesto si esta lo estima oportuno de enlace entre Junta y personal, pero siempre bajo la dirección de la Junta de Gobierno, no de forma autónoma o independiente.
Propuesta: Será el Jefe de personal salvo que le Junta de Gobierno designe a otro miembro para ese puesto.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Cuestión ya tratada en la alegación número 4, estimada por la Junta de Gobierno al aprobar el proyecto de Estatutos y recogida en el artículo 24 de los mismos.

ALEGACIÓN Nº19: Artículo 42. La tesorería.
1. La tesorera o tesorero del CODEPA desempeñará las siguientes funciones: (...) Alegación: no hace mención a la existencia de un inventario de recursos materiales del CODEPA. Es necesario que exista un inventario que permita una correcta gestión y seguimiento de los recursos del CODEPA. Este inventario ha de estar bajo el control del Tesorero, que podrá destinar recursos humanos y materiales del CODEPA para su correcta gestión-
Propuesta: Incluir la función de gestionar el inventario de recursos materiales del CODEPA así como su modificación, pudiendo destinar recursos humanos y materiales del CODEPA para su correcta gestión, que será comunicada en la memoria anual y/o en la página web del CODEPA.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: El contenido de la alegación está ya expresamente regulado en el artículo 67 del proyecto de Estatutos dedicado al patrimonio del CODEPA, que establece –en su apartado 4º- que el CODEPA dispondrá de un inventario de su patrimonio que se publicará en el portal de transparencia de su web.

ALEGACIÓN Nº20: Artículo 43. Naturaleza y funcionamiento.
1. La Comisión Deontológica se constituye como el órgano especializado de carácter técnico, asesor y consultivo del CODEPA, que se ocupa del estudio y asesoramiento en los aspectos relacionados con la actividad profesional de la Enfermería desde la perspectiva de la ética y deontología profesional. Sus informes no serán vinculantes para los órganos de gobierno del CODEPA, pero sí serán considerados y debatidos por éstos.
Alegación: La CD ha de ser un órgano que vele por el cumplimiento de los principios y valores deontológicos. Para ello debe constituirse con capacidad para emitir informes sin otro sometimiento que no sea el de su propio reglamento y el de los principios citados. La Junta de Gobierno, así como el resto de órganos de gobierno del CODEPA y colegiados han de seguir sus informes que serán de obligado cumplimiento. Quitarle esa capacidad es tener un órgano con meros efectos decorativos, al albur de la junta de gobierno de turno.
Propuesta: los informes han de ser vinculantes y de obligado cumplimiento.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: En ningún caso los informes de la Comisión Deontológica pueden tener carácter vinculante. Ello privaría a la Junta de Gobierno de su carácter de órgano ejecutivo encargado de la gestión del CODEPA. Únicamente en aquellos supuestos expresamente previstos en el ordenamiento jurídico, los informes de los órganos de carácter consultivo –y la Comisión Deontológica expresamente tiene carácter técnico, asesor y consultivo, tal como expresa el artículo 43.1 del proyecto de estatutos- podrán ser vinculantes, determinando de esta forma de manera positiva la resolución del órgano gestor.

ALEGACIÓN Nº21: Artículo 45. De los miembros de la Comisión Deontológica.
Alegación: no incluye la posibilidad de remuneración por razón del cargo, que debería ser contando un presupuesto específico para esta Comisión.
Propuesta: los miembros de la CD tendrán derecho a percibir las retribuciones que apruebe la Junta General y que constarán en el presupuesto de gastos del CODEPA. Estas retribuciones podrán tener carácter fijo y/o variable. Asimismo, se aprobarán los conceptos que pueden corresponderse con compensaciones por el ejercicio de su cargo.
PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: La posibilidad de remuneración de los cargos del CODEPA corresponde a la Junta General, y así está contemplado expresamente en el artículo 26.2f) del proyecto de Estatutos. Igualmente, en el artículo 71.2 se establece que corresponderá a la Junta de Gobierno determinar la cuantía y naturaleza de las compensaciones económicas en concepto de asistencias a reuniones y actos propios del cargo, dietas y kilometraje a los miembros de la comisión deontológica, Junta electoral, mesas electorales y comisiones y grupos de trabajo, así como los cargos de la propia Junta de Gobierno, por razón de los servicios que el CODEPA les encomiende.

ALEGACIÓN Nº22: Artículo 48. De la Junta Electoral.
4. Las personas integrantes de la Junta Electoral no recibirán retribución alguna por el desempeño de sus funciones, si bien tienen derecho a ser compensados por cuantos gastos origine el desempeño de su labor. Dichos gastos deberán ser debidamente acreditados y documentados.
Alegación: si la condición de miembro de la Junta Electoral es obligatoria e irrenunciable para la colegiada o colegiado designado, salvo que concurran circunstancias extraordinarias que justifiquen la incapacidad, no aceptación o incompatibilidad del designado pero esta no se acompaña de ninguna medida o sanción, la medida está destinada al fracaso porque no se puede obligar a nadie a hacer (al menos de forma "correcta") una labor que no quiere asumir de forma voluntaria. Por ello ha de incentivarse remunerando esta tarea
Propuesta: Las personas integrantes de la Junta Electoral recibirán la retribución por el desempeño de sus funciones que apruebe la Junta General a propuesta de la Junta de Gobierno o de Edad, además del derecho a ser compensados por cuantos gastos origine el desempeño de su labor. Dichos gastos deberán ser debidamente acreditados y documentados.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA:
Justificación: Como establece el precepto citado en la alegación –artículo 48.2, la condición de miembro de la Junta Electoral es obligatoria e irrenunciable para la colegiada o colegiado designado, salvo que concurran circunstancias extraordinarias que justifiquen la incapacidad. Se trata, por consiguiente, de una función obligatoria de inexcusable cumplimiento, salvo por circunstancias extraordinarias que deberán ser apreciadas por la Junta de Gobierno. El incumplimiento de dicha función está tipificado como infracción leve o grave –artículo 75.1a) y 2a) según concurra negligencia o dolo- por el proyecto de estatutos.
Igualmente, conforme se ha reflejado en la alegación número 21, el artículo 71.2 se establece la posibilidad de que la Junta de Gobierno acuerde la cuantía y naturaleza de las compensaciones económicas en concepto de asistencias a reuniones y actos propios del cargo, dietas y kilometraje, entre otros, a los miembros de la Junta Electoral.

ALEGACIÓN Nº23: Artículo 50. De la convocatoria de elecciones.
3. La convocatoria de elecciones se comunicará a las colegiadas y colegiados, por parte la Junta de Gobierno, con indicación expresa de los cargos que han de ser objeto de elección y los requisitos para resultar elegible, lugar y día de la elección, así como de la fecha y hora en la que se llevará a cabo el sorteo público para la designación de los miembros de la Junta Electoral que hayan de ser elegidos mediante este sistema, según lo dispuesto en el artículo 48 de los presentes estatutos.
Alegaciones: no se especifica los medios por los que se comunicará la convocatoria
Propuesta: incluir que se comunicará, al menos, por medio de la página web, correo electrónico del colegiado registrado en la base de datos y tablones de anuncios de la sede y delegaciones del CODEPA, así como por aquellos medios oportunos que faciliten la comunicación con los colegiados.
PROPUESTA: ESTIMATORIA.
Justificación: En aras al cumplimiento de los valores que han inspirado los trabajos de preparación, redacción y aprobación del presente proyecto de Estatutos –transparencia, participación, alternancia, democracia- se estima conveniente aceptar la alegación presentada, incluyendo todos los medios posibles para comunicar la convocatoria electoral al colectivo de colegiadas y colegiados del CODEPA.

ALEGACIÓN Nº24: Artículo 52. De la propaganda electoral.
2. Las candidaturas no podrán utilizar los servicios del Colegio para llevar a cabo actuaciones electorales, tales como el envío de programas o papeletas.
3. En caso de que las candidaturas quieran dirigirse personalmente a las colegiadas y colegiados, tanto en soporte papel como telemático, deberán hacerlo, a su cargo, a través de la empresa que la Junta Electoral designe, y con la que el Colegio haya suscrito un acuerdo de confidencialidad para la protección de los datos personales conforme a la legislación aplicable.
Alegación: El CODEPA ha de facilitar la comunicación de los programas de las diferentes candidaturas al censo electoral. Esta no ha de ser por medio de un coste sufragado por las candidaturas, ya que dificulta esa labor y puede provocar diferencias entre las mismas debido a sus divergencias en capacidad económica. El CODEPA deberá enviar un documento único con el programa y listado de cada candidatura en un envío único por medio telemático o postal.
Propuesta: incluir en el punto 1 este añadido: "La Junta electoral enviará un documento único con el programa y listado de cada candidatura en un envío único por medio telemático o postal".

PROPUESTA: ESTIMATORIA.
Justificación: Al igual que en la alegación número 23, con la finalidad de propiciar los valores antes citados, se asume la alegación del colegiado en sus términos.

ALEGACIÓN Nº24: Artículo 55. Votación por correo.
1 (...)A los efectos de facilitar la participación, CODEPA celebrará un acuerdo con el operador del servicio postal universal para garantizar la gratuidad del voto por correo.
Alegación: no se especifica la obligatoriedad de comprobación de identidad del solicitante del voto por correo.
Propuesta: Incluir que el acuerdo con el operador del voto por correo ha de Incluir la obligatoriedad por parte de este de comprobar la correcta identidad del solicitante, que ha de presentarse personalmente ante este para poder realizar la solicitud.

PROPUESTA: ESTIMATORIA:
Justificación: Pese a que la redacción original era conforme con lo previsto en la legislación de régimen electoral general y, por consiguiente, plenamente conforme con el ordenamiento jurídico, en aras a los principios de transparencia, alternancia y democracia, presentes ejes centrales del proceso de redacción del presente proyecto de estatutos, se acepta la alegación presentada.

ALEGACIÓN Nº25. Artículo 58. Toma de posesión
2. Quienes, sin causa justificada, acreditada documentalmente, no se presentasen a tomar posesión de sus respectivos cargos o vocalías en el plazo indicado en el apartado anterior, se entenderá que renuncian a ellos y sus plazas quedarán vacantes, cubriéndose en la forma estatutariamente establecida por los suplentes de la candidatura,
Alegación: ha de excluirse de los candidatos suplentes aquellos que no cumplan requisitos de elegibilidad en el momento de tomar posesión.
Propuesta: Añadir: "salvo que hayan cesado del ejercicio profesional de enfermería, ya sea con cambio a alta no ejerciente, baja colegial o sin estas modificaciones".

PROPUESTA: ESTIMATORIA.
Justificación: En coherencia con la condición de colegiada o colegiado ejerciente que ha de tener cualquier miembro de la Junta de Gobierno –artículo 34.4d)-, parece coherente exigir dicha condición a los suplentes que, en el momento de su toma de posesión no cumplan tal requisito.

ALEGACIÓN Nº26: Artículo 63. Uso responsable de los recursos del CODEPA.
Los medios y recursos colegiales se administrarán con austeridad y no se utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Para garantizar este uso responsable se atenderá a lo siguiente (...)
Alegación: no hace mención a la existencia de un inventario de recursos materiales del CODEPA. Es necesario que exista un inventario que permita una correcta gestión y seguimiento de los recursos del CODEPA.
Propuesta: Incluir la obligatoriedad de registrar en el inventario de recursos materiales del CODEPA todos aquellos medios y recursos con los que cuenta el CODEPA así como su modificación, que será comunicada en la memoria anual y/o en la página web del CODEPA.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: El artículo 67 del proyecto de Estatutos ya refleja suficientemente los aspectos pretendidos con la alegación presentada.

ALEGACIÓN Nº27: Artículo 70. Cuotas colegiales.
4. Las colegiadas y colegiados en situación de alta ejerciente tienen la obligación de satisfacer las correspondientes cuotas mensuales ordinarias que serán fraccionadas en trimestres para su pago. Las cuotas de entrada, ordinarias y extraordinarias, serán recaudadas por el CODEPA preferentemente en todos los casos mediante giro bancario y puntualmente mediante transferencia bancaria, y serán puestas al cobro en los primeros quince días de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. En ningún caso se admitirán pagos en efectivo.
Alegación: ha de contemplarse la posibilidad de que el fraccionamiento o periodicidad sean otros en vez de trimestrales. Ha de facilitarse el pago por medios telemáticos y pasarelas de pago (pago con tarjeta bancaria en la sede o delegación)
Propuesta: que serán fraccionadas en trimestres o en los periodos que la Junta General acuerde a propuesta de la Junta de Gobierno. El CODEPA facilitará el pago por medios telemáticos y pasarelas de pago (pago con tarjeta bancaria en la sede o delegación) si procede.

PROPUESTA: ESTIMATORIA EN PARTE.
Justificación: Se asume la parte relativa a la posibilidad de que la Junta General acuerde, a propuesta de la Junta de Gobierno, periodos de pago de las cuotas diferentes al trimestral, para favorecer el abono de las mismas de la manera que el citado órgano considere más oportuno.
En lo relativo a los medios de pago, el precepto habla de un modo preferente de abono de las mismas –giro bancario- sin excluir otros que, dados los cambios que vienen experimentando los medios de pago en todo tipo de operaciones, hace que parezca conveniente no cerrar diferentes medios de pago en una norma del rango de los Estatutos colegiales.

ALEGACIÓN Nº28: Artículo 71. Gastos y libramientos. Custodia de fondos.
2. Corresponde a la Junta de Gobierno determinar la cuantía y naturaleza de las compensaciones económicas en concepto de asistencias a reuniones y actos propios del cargo, dietas y kilometraje a los miembros de la comisión deontológica, Junta electoral, mesas electorales y comisiones y grupos de trabajo, así como los cargos de la propia Junta de Gobierno, por razón de los servicios que el CODEPA les encomiende, teniendo en cuenta lo determinado en los presentes Estatutos, la especial dedicación, el tipo de trabajo a realizar, su duración y demás circunstancias de dichos servicios. Las asignaciones serán aprobadas por la Junta General en los presupuestos anuales.
Alegación: ha de incluirse a miembros de la CD así como de la mesa electoral no solo por actos propios y reuniones sino, al igual que los miembros de la Junta de Gobierno, por razón de su cargo.
Propuesta: "así como los cargos de la propia Junta de Gobierno, Comisión Deontológica y Mesa Electoral, por razón de sus cargos".

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Alegación que reproduce en buena medida lo ya expresado en las alegaciones números 21 y 22, manifestando en este punto lo ya expresado en las mismas.

ALEGACIÓN Nº29: Artículo 73. Morosidad.
2. El acuerdo de iniciación del procedimiento disciplinario tendrá el contenido y efectos previstos en la legislación reguladora del procedimiento común en materia sancionadora.
Dicho acuerdo de iniciación se comunicará al instructor y al secretario, si lo hubiere,(...)
Alegación: al secretario, si lo hubiere.. no se especifica qué secretario, si es de la CD o de la JG, en todo caso siempre ha de haber uno tanto en la Cd como en la JG.
Propuesta: suprimir "si lo hubiere".

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: El secretario en un procedimiento disciplinario es una persona que desempeña tareas administrativas de apoyo y colaboración al instructor en la tramitación del expediente en cuestión. Su nombramiento tiene lugar precisamente en la tramitación de expedientes que presentan cierta complejidad y que, por ello, requieren que el instructor reciba apoyo administrativo. Por consiguiente, nada tienen que ver sus funciones con las propias de los Secretarios de los órganos colegiados que aparecen citados en la alegación –Comisión Deontológica o Junta de Gobierno-.

ALEGACIÓN Nº30: Artículo 79. Procedimiento disciplinario.
Alegación: se excluye a la CD de este procedimiento dejando a la JG como operador del mismo. Si bien ha de ser la JG quien inicie el proceso, pues recoge la información o denuncia, ha de ser la CD quien proponga el nombramiento de instructor y secretario del procedimiento, preferentemente entre los miembros de la propia CD siempre que no existan motivos de recusación, y quien sea el agente principal de todo el procedimiento, finalizando con una propuesta de sanción o resolución del expediente que la JG ha de aprobar.
Propuesta: Modificar el artículo 79 en el sentido indicado en la alegación para dotar a la CD su capacidad de velar por el cumplimiento de las funciones encomendadas.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: La competencia para la iniciación y resolución del expediente disciplinario la tiene, en todo caso, la Junta de Gobierno. El procedimiento disciplinario se abre siempre de oficio –artículo 63 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- correspondiendo al órgano competente para la iniciación –la Junta de Gobierno- el nombramiento de instructor y secretario, que tienen la finalidad de respetar el principio de separación entre la instrucción y la resolución del expediente.
A la Comisión Deontológica, por su parte, en tanto que órgano especializado de carácter técnico, asesor y consultivo del CODEPA, que se ocupa del estudio y asesoramiento en los aspectos relacionados con la actividad profesional de la Enfermería desde la perspectiva de la ética y deontología profesional –artículo 43.1 del proyecto de Estatutos- le corresponde una función esencial como es el informe y asesoramiento en los asuntos de su competencia, pero en ningún caso le compete la resolución del expediente.

ALEGACIÓN Nº31: Artículo 62. Muestras de cortesía, atenciones protocolarias, regalos, obsequios y otras ventajas.
Alegaciones: este artículo es papel mojado si no conlleva sanciones en caso de incumplimiento.
Propuesta: especificar sanciones a las que se expone.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Como ya se ha reflejado, el artículo 75, en sus apartados 1a) y 2a), contempla como infracción leve o grave –según haya habido simple negligencia o dolo respectivamente- el incumplimiento de las obligaciones que se deriven de los Estatutos. Por su parte, el apartado 3e) del citado precepto establece como infracción muy grave la comisión de cualquier falta tipificada como grave cuando el autor de los hechos fuera miembro de la Junta de Gobierno del Colegio. Consecuentemente, aparecen sobradamente tipificadas las infracciones como las sanciones a las que se expone el miembro de la Junta de Gobierno que incumple los deberes derivados del artículo 62 del presente proyecto de Estatutos.

ALEGACIÓN Nº32: Morosidad.
Alegación: ha de conllevar una propuesta de sanciones en caso de incumplimiento Propuesta: especificar sanciones a las que se expone.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: En el artículo 16.4 del proyecto de Estatutos se contemplan las consecuencias del impago de las cuotas colegiales en los siguientes términos: La falta de pago de cuotas colegiales, por importe mínimo de dos trimestres, consecutivos o alternos, no producirá la perdida de la colegiación, pero sí la suspensión de sus derechos corporativos en tanto no se abonen todas las cuotas pendientes más sus intereses legales.
Por otra parte, el ya citado artículo 75 establece como infracción leve o grave –según haya habido simple negligencia o dolo respectivamente- el incumplimiento de las obligaciones que se deriven de los Estatutos.

Vista la alegación, de fecha 31 de octubre de 2023, presentada por Doña Cruz Cuevas Canal, colegiada número 4124.
ALEGACION: Revisando los estatutos entiendo que si los jubilados tienen que renovar anualmente se debería contemplar un aviso previo. Si no es en los estatutos si en el reglamento de régimen interno.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA:
Justificación: En una norma de rango estatutario no resulta conveniente regular cuestiones que hacen más bien referencia a la gestión ordinaria del CODEPA. Como la propia colegiada señala, se trataría de una cuestión a regular en un reglamento de régimen interno o, en su caso, a resolver por un acuerdo de Junta General.

Vista la alegación, de fecha 31 de octubre de 2023, presentada por Don Antonio Fernández Urízar, colegiado número 4530.
ALEGACIÓN: Creo que en los nuevos estatutos los jubilados no deberíamos renovar la colegiación anualmente. Espero que no se nos discrimine de esa manera y que, en caso de hacerlo, se nos avise con suficiente antelación del vencimiento y que conste en los estatutos la obligación de preaviso.

PROPUESTA: DESESTIMATORIA.
Justificación: Esta alegación, que tiene el mismo fundamento que la anterior, se desestima por entender que el lugar más correcto para regular cuestiones meramente organizativas sería un reglamento de régimen interno o, como se apuntó, un Acuerdo de Junta General a propuesta de la Junta de Gobierno.

8/11/2023

Sorteo Dibujos infantiles CODEPA 2023: “ENFERMERAS/OS EN SU TRABAJO”

Durante estas Navidades 2023 el Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias pone en marcha una nueva edición de su habitual sorteo infantil, este año bajo la premisa “ENFERMERAS/OS EN SU TRABAJO” con los dibujos de los hijos/as, familiares o conocidos de los colegiados/as de Asturias.

BASES DEL SORTEO:

PRIMERA.-OBJETO.

La temática para los dibujos será relacionada con la Enfermería y la visión que tengan los niños/as sobre la labor y el trabajo que desarrollan las enfermeras/os, “Enfermeras/os en su trabajo”.

Los dibujos ganadores del sorteo serán usados por el CODEPA para el diseño digital del correo electrónico usado para las felicitaciones navideñas protocolarias 2023 al censo de enfermeras/os.

SEGUNDA.-DESTINATARIOS.

        El sorteo está dirigido a enfermeras/os colegiadas/os en Asturias, que serán los encargados del envío de los dibujos de sus hijos/as, familiares o conocidos, usando el SIGUIENTE DOCUMENTO y habiendo cumplimentado de manera OBLIGATORIA y adecuadamente, la autorización de los ejercientes de la patria potestad del menor que realiza el dibujo, así como la autorización del tratamiento de los datos personales para los menores de edad (todo anexo en el documento descargable).

TERCERA.- PRESENTACIÓN DE LOS DIBUJOS.

-El plazo de presentación será desde la publicación de las bases en la web colegial hasta el día 04 de Diciembre de 2023 a las 24:00h.

-Para generar el sorteo se empleará la web Sortea2 (https://www.sortea2.com/), utilizando únicamente los números de colegiación. El sorteo se realizará entre el 5 y el 10 de diciembre de 2023.

-Los dibujos enviados al CODEPA se tendrán que realizar usando el documento base, descargable AQUÍ. En el documento va anexo el resto de datos IMPRESCINDIBLES para poder participar.

El envío al Colegio será mediante el correspondiente formulario de su intranet personal, en la sección de "SOLICITUDES>>>CONCURSOS Y SORTEOS".

–Habida cuenta de la minoría de edad de los participantes en el presente sorteo, los padres o representantes legales de los participantes, manifiestan que los dibujos presentados son originales y que los conceptos y/o elaboraciones creativas que los componen han sido realizados por el niño/niña participante en el sorteo y no por terceras personas, que no infringen derechos de terceros, y que mantendrán indemne al CODEPA y a cualquier tercero que actúe por encargo de éstos, por cualesquiera reclamaciones de las que sea objeto por el incumplimiento de las anteriores manifestaciones y garantías.

-Los envíos serán publicados en la web y redes sociales del CODEPA, mencionando nombre y edad del autor/a.

-La participación en el sorteo conlleva la autorización y consentimiento para que CODEPA pueda proceder a la citada publicación de los trabajos por los medios y canales que considere oportunos para su difusión.

-Cada colegiado/a podrá hacer un único envío, es decir, un único dibujo por colegiada/o.

-El sorteo se realizarán exclusivamente entre los/as colegiados/as, que hubieran presentado dibujos, tomando únicamente su número de colegiado/a como referencia para el sorteo (es decir, máximo un premio por persona)

CUARTA.- PREMIOS.

Se sortearán, entre los/as colegiados/as inscritos cinco premios consistentes en una tarjeta de regalo para cada premiado/a por un importe de 100€ de saldo para compras en el Corte Inglés.

Además, los/as enfermeras/os participantes recibirán un obsequio por su participación que podrán recoger en la sede del Colegio de Enfermería a partir del 20 de diciembre, en horario de atención al público, previa presentación de DNI del colegiado/a inscrito.

QUINTA.- RECOGIDA DE PREMIOS Y OBSEQUIO.

Una vez realizado el sorteo se procederá a la entrega de premios en las instalaciones del CODEPA previa presentación de DNI del colegiado/a, en horario de atención al público.

Aquellos premios no recogidos en el plazo de un mes, serán declarados desiertos.

SEXTA.- CESIÓN DE DERECHOS DE LAS OBRAS.

Los padres o representantes legales, en especial autorizan la cesión al CODEPA con carácter de exclusiva y sin limitaciones de ningún tipo, de todos los derechos de propiedad intelectual para el uso, reproducción y explotación de todos los dibujos participantes en el presente concurso y en el marco de todo lo relacionado con el mismo con excepción de aquellos derechos que esa misma legislación reconozca a favor del autor como irrenunciables. En todo caso, los/las autores/as ceden en exclusiva al Colegio de Enfermería de Asturias, sin límite de tiempo y para todos los países del mundo, todos los derechos de explotación de los mismos, incluyendo a título de ejemplo y no exhaustivo los derechos de modificación, impresión, publicación, difusión y comunicación, por cualquier procedimiento y modalidad, en cualquier soporte y cuantas veces se considere necesario, para los fines previstos en las presentes bases , sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con la excepción de la obtención de los premios conforme a lo indicado en las presentes bases.

SÉPTIMA.-ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

La participación en este concurso implica la plena aceptación de sus bases. Se pueden consultar las bases completas en la página web y redes sociales de CODEPA.

Las personas participantes consienten en que sus datos personales sean objeto de tratamiento, así como su cesión, en los términos en que está prevista.

OCTAVA.- POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.

El responsable del tratamiento es el CODEPA, pudiendo contactar con el DPD en el email lopd@codepa.es, la finalidad del tratamiento es gestionar el sorteo de dibujos infantiles del CODEPA, basando su legitimación el art.6.1.a .- consentimiento del interesado, los datos serán conservados durante los plazos legalmente establecidos y en el caso de ser premiado sus datos constarán por un periodo ilimitado y serán publicados en la página web del CODEPA y sus RRSS incluyendo la edad del menor premiado, no se utilizarán para la elaboración de perfiles, todos los datos son obligatorios y veraces para participar en el concurso además deberá enviar el consentimiento expreso de todas las personas que ejerzan la patria potestad del menor. Podrá retirar su consentimiento, así como ejercitar sus derechos ARSOPOL dirigiéndose por vía electrónica a codepa@codepa.es acreditando su identidad y el derecho que desea ejecutar, se comunicarán sus datos a los miembros del jurado y no se cederán datos a terceros salvo obligación legal tampoco está prevista la transferencia de los mismos a terceros países. Si usted considerara que sus derechos no se han respetado podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos, y Calle Jorge Juan, 6, 28001 – Madrid, como Autoridad Independiente de Control en materia de protección de datos de carácter personal.

Deberá incorporarse a la documentación enviada en el formulario indicado el documento firmado por todas las personas que ejerzan la patria potestad.

7/11/2023

SALUSPLAY: El paciente gran quemado en una UCI

NUEVO CURSO CFC Online disponible en SALUSONE

Al estar colegiada en el Colegio de Enfermería del Principado de Asturias tienes acceso a SalusOne Premium Plus, lo que incluye la realización ilimitada de Cursos CFC.

Para iniciar un curso debes:

1. Iniciar sesión o Registrarte gratuitamente en SalusOne; https://www.salusone.app/usuario/acceder

2. Entrar en la sección FÓRMATE; https://www.salusone.app/formate y simplemente seleccionar el curso que quieres iniciar.

Con el fin de hacer más accesible la formación continuada de todas las enfermeras, desde SalusPlay sortearán mensualmente una Tablet de 10” entre todos los inscritos durante cada mes natural a uno de los cursos.

Tienes a tu disposición más de 120 cursos CFC. Novedad Cursos noviembre 2023

El paciente gran quemado en una UCI


6/11/2023

ENFERMERAS INVESTIGADORAS: Ya tenéis disponible el software MAXQDA.

MAXQDA es un software de análisis de datos cuantitativos y cualitativos que se utiliza en investigación en salud y ciencias sociales. La utilización de MAXQDA es para que los investigadores dispongan de un software para sus trabajos mientras realizan su análisis estadístico y/o cualitativo.

EL CODEPA organizará cursos de formación para el manejo de la herramienta. También hay recursos on line en CualSoft | Recursos

Actualmente en le CODEPA las licencias disponibles son cinco, con clave única.  Si estás interesado/a en hacer uso de esta herramienta, debe acceder a tu intranet y en el apartado de "solicitudes" encontrarás los pasos y requisitos necesarios para realizar tu solicitud formal de uso.

6/11/2023

GANADORA DEL SORTEO: SALUSPLAY Beca Completa Curso EIR

SalusPlay nos han cedido una beca completa valorada en 1.390€ para realizar su Curso EIR 2024/2025 con manuales en formato pdf. 

Finalizado el preceptivo registro y una vez realizado el sorteo mediante hoja excel con fórmula de generación aleatoria de colegiadas registradas, la ganadora es:

Colegiada 10795. Azucena García Acero.


Gracias a todos/as!!

2/11/2023

PREMIADOS: IV Concurso fotográfico CODEPA. Memorial Lillian Wald

Ya tenemos ganadores en el  IV Concurso fotográfico CODEPA. Memorial Lillian Wald.

CATEGORÍA GENERAL:

Imagen ganadora dotado con 300 € en metálico, medalla de oro CEF.

"El arte de cuidar" ANTONIO ATANASIO RINCÓN (ESPAÑA)

1er accésit dotado con 200 € en metálico, medalla de plata CEF. 

"Empatía" JAVIER ARCENILLAS PEREZ (ESPAÑA)


 2º accésit dotado con 100 € en metálico, medalla de broce CEF.

"The birth 1" SHELI MALLICK (INDIA)


CATEGORÍA NACIONAL:

· Imagen ganadora dotado con vale de compra en El Corte Inglés valorado en 250€.

"Suturando con el corazon" FRANCISCO JAVIER DOMÍNGUEZ GARCÍA (ESPAÑA)


· Accésit dotado con vale de compra en El Corte Inglés valorado en 150€.

"Dia de Reyes" MANUEL LUPIÓN MANZANO (ESPAÑA)


CATEGORÍA COLEGIADAS/OS EN ASTURIAS:

· Imagen ganadora dotado con vale de compra en El Corte Inglés valorado en 250€.

"Evitando una evacuación en helicóptero" ENRIQUE OLTRA RODRÍGUEZ


· 1er accésit dotado con vale de compra en El Corte Inglés valorado en 200€.

"Un dolor que genera endorfinas" CRISTINA ÁLVAREZ ALONSO


· 2º accésit dotado con vale de compra en El Corte Inglés valorado en 150€.

DESIERTO

En ESTE ENLACE podreis ver todas las fotografias que han participado y han sido aceptadas.

En ESTE ENLACE  están las fotografias ganadoras con una mejor calidad.

Os recordamos que, cuando esté organizada la exposición, se podrá acudir y votar para la concesión del último premio mediante votación popular.

Gracias a todas/os por participar.


30/10/2023

JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA: APROBACIÓN DEL PROYECTO DE NUEVOS ESTATUTOS

La Junta de Gobierno del CODEPA, tras la aprobación del anteproyecto de estatutos sometido a información pública a toda la colegiación hasta el día 1 de noviembre 2023, anuncia la celebración de una Junta General Extraordinaria para la aprobación de los nuevos estatutos por parte del censo de enfermeras/os de Asturias.

Esta Junta General Extraordinaria se celebrará el próximo día 11 de noviembre de 2023 a las 10 horas en primera convocatoria y a las 10:30 horas en segunda convocatoria.

La Junta General se celebrará, como en ocasiones anteriores, tanto de manera telemática como presencial.

Presencialmente se realizará en el "AC Hotel by Marriott Oviedo Forum" (Plaza de los Ferroviarios 1, Oviedo)

ACCESO A LA CONVOCATORIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA 2023

ORDEN DEL DÍA:

1) Designación de tres interventores.
2) Lectura y aprobación del acta anterior. ACCESO AL BORRADOR DEL ACTA JUNTA GENERAL ORDINARIA 15 ABRIL 2023.

3) Toma en consideración y aprobación si procede, del proyecto de estatutos del Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias. 

4) Ruegos y preguntas.

En la Junta participarán como asesores los miembros de los Servicios Jurídicos.

HABIENDO ANALIZADO Y CONSIDERADO LAS ALEGACIONES ENVIADAS POR LAS COLEGIADAS/OS, Y TRAS LA REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA, EL BORRADOR A SOMETER A APROBACIÓN POR LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA QUEDA FINALIZADO:

PROYECTO DE ESTATUTOS CODEPA 

ASISTENCIA PRESENCIAL:

Abierto a todo aquél que desee acudir.

Hay parking en el Hotel.

ASISTENCIA TELEMÁTICA:

Toda enfermera/o del censo colegial podrá asistir telemáticamente si lo desea.

Las votaciones serán íntegramente por vía telemática (asistencia presencial y telemática).

El CODEPA, mediante la plataforma de ecomitia enviará a los teléfonos móviles (número que se tenga registrado en el CODEPA) así como al correo electrónico (mail que se tenga registrado en el CODEPA) SMS y mails donde se aportarán las credenciales ligadas al DNI de la colegiada/o para poder, tanto acceder a la reunión, como para poder ejercer el voto.

Las credenciales deben considerarse de carácter secreto, personal e intransferible, y es responsabilidad de cada usuario su custodia y uso, así como todas aquellas actividades llevadas a cabo con estas.

Instrucciones:









En cualquier caso, si tiene alguna duda sobre la Asamblea o el procedimiento telemático, puede trasladar consulta al Colegio en info@codepa.es

Enlace directo a la sección de juntas generales del CODEPA: https://codepa.es/juntaextraordinaria2023





28/10/2023

NOVEDAD SEMANAL SALUSONE: EBOOK Y MANUALES EIR GRATIS

Nuevo EBOOK descargable: ETIOPATOGENIA DE LA ÚLCERA VENOSA DEL MIEMBRO INFERIOR

Las lesiones venosas en extremidad inferior como heridas crónicas o lesiones de difícil cicatrización suponen un problema de salud tanto para el paciente y cuidador como para el propio sistema de salud en todos sus niveles asistenciales. En este nuevo ebook veremos la etiopatogenia de estas úlceras.

Enlace para la descarga: https://www.salusone.app/c/aprende/ebooks-gratuitos/etiopatogenia-de-la-ulcera-venosa-del-miembro-inferior


Manuales GRATUITOS EIR Para preparar el Examen EIR del 2025

SalusPlay da la posibilidad a todas las colegiadas de obtener Gratis los Manuales que se utilizarán en el curso de preparación del próximo Curso EIR 2024/2025. ¿Cómo son los manuales?

En Abril de 2024 te enviaremos los manuales en formato PDF para descargártelos desde cualquier dispositivo.

Los manuales tienen ilustraciones, esquemas, tablas y aclaraciones para facilitar el estudio.

Puedes solicitar ahora los manuales gratuitos desde aquí https://m.salusplay.com/manuales-eir-gratis-long/


23/10/2023